Interior aprobó 31 de los 236 traslados de etarras contra el criterio de las juntas de tratamiento

El Ministerio tendrá que justificar por qué acercó a los asesinos del fiscal Portero de esta forma tras el recurso de su hijo y presidente de Dignidad y Justicia

El exjefe militar de ETA, Olarra Guridi, durante el juicio por el asesinato de Portero EFE

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid ha dado un plazo improrrogable de 20 días al Ministerio del Interior para que le entregue el expediente por el cual la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias acercó al País Vasco a dos de los presos más sanguinarios de la banda terrorista ETA: Harriet Iragui Gurruchaga, condenado, entre otros, como autor material del asesinato del fiscal Luis Portero, y José Antonio Olarra Guridi, en su momento jefe militar de la organización y que cumple condena como inductor de ese crimen y otros, como el del médico y militar Antonio Muñoz Cariñanos. En concreto, se ordena que «en el plazo improrrogable de 20 días desde que la comunicación judicial tenga entrada en su registro general» se de traslado el «expediente administrativo, original o copiado, completo y foliado» de esas medidas penitenciarias.

La decisión del TSJ de Madrid es consecuencia del recurso contencioso-administrativo que interpuso en su día Daniel Portero, hijo de la víctima y presidente de la asociación Dignidad y Justicia, contra las decisiones de Prisiones que beneficiaban al autor material y al inductor del asesinato. Una vez admitido a trámite el recurso, la consecuencia inmediata es que la administración afectada tiene que aportar el expediente completo sobre el asunto . Con alguna salvedad relevante, eso sí: la legislación vigente permite a la administración no aportar aquellos documentos protegidos por la Ley de Protección de Datos de los implicados en la decisión, en este caso los dos terroristas.

A Logroño

Tanto Iragui como Olarra Guridi fueron acercados a cárceles más próximas al País Vasco y progresaron de grado en contra del criterio de las juntas de tratamiento de las prisiones en las que estaban recluidos, la de Castellón II en el caso de la Harriet Iragui, y la de Albolote (Granada) en la del exjefe militar de ETA. De los 236 traslados de etarras concedidos por Prisiones a 195 etarras –algunos en más de una ocasión– 31 lo fueron en contra del criterio de aquellos que están más cerca de los internos y, por tanto, conocen mejor su evolución . En el caso de Harriet Iragui la junta de tratamiento –órgano integrado por profesionales penitenciarios– había propuesto mantenerlo en la misma prisión y que siguiera clasificado en primer grado tres meses más. El motivo de la junta era «la gravedad de los delitos cometidos», pues este individuo tiene una larga lista de asesinatos a sus espaldas.

No obstante, antes de su acercamiento ya se le aplicaba el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario por su buen comportamiento, lo que le permitía acceder a algunos de los beneficios del segundo grado, como ocupar una celda en un módulo con otros presos en esa clasificación penitenciaria. Además, tenía un destino como encargado de limpieza y participaba en actividades dentro de la cárcel, y había aceptado la legalidad penitenciaria y presentado un escrito en el que manifestaba su rechazo a la violencia y su pesar por el sufrimiento causado a las víctimas; es decir, los motivos que ha alegado Interior para justificar muchos de los traslados y progresiones de grado.

En cuanto a Olarra Guridi, la junta de tratamiento de la prisión de Albolote se mostró igualmente contraria a que se le acercara a la cárcel de Logroño, donde ahora coincide entre otros con Harriet Iragui. Para justificar la decisión, Interior aludió, como tantas veces, a que «acepta la legalidad penitenciaria, rechaza el uso de la violencia y manifiesta su deseo de reparar el daño causado a las víctimas de sus acciones».

El comienzo

Después de esos traslados, el presidente de Dignidad y Justicia aseguró que «no obedecen a criterios técnicos, sino exclusivamente políticos». Tras la admisión a trámite del recurso, el propio Portero avanza que esta decisión «es un comienzo que puede demostrar las irregularidades del Ministerio».

La decisión última de los traslados de presos, sean o no de bandas terroristas, corresponde a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias previo informe de la junta de tratamiento. En la gran mayoría de los casos el órgano central respalda el criterio de los profesionales de la cárcel correspondiente, pero en algo más de un 10 por ciento de las ocasiones –bien porque la propuesta vaya muy lejos o sea demasiado conservadora según el criterio de Prisiones– la decisión es distinta. «En el caso de los traslados etarras ha habido hasta ahora un 13 por ciento de discrepancias; es decir, unas cifras que entran dentro de la normalidad», explican fuentes de las asociaciones de víctimas consultadas por ABC. «Por eso no hemos querido poner demasiado el foco en este asunto», añaden.

Fuentes jurídicas añaden por su parte que es difícil que el recurso de Portero tenga mucho más recorrido, porque «los traslados no afectan a la legalidad penitenciaria, sino que forma parte de la política penitenciaria . Es decir; para trasladar a un etarra no hace falta que se cumplan determinados requisitos, como sí sucede por ejemplo con la concesión de los terceros grados, sino que es una decisión que entra dentro de las competencias de la administración penitenciaria. Por eso solo cabe un recurso contencioso-administrativo como el que ha presentado Portero, y nunca abrir la vía penal».

Obviamente, lo que no puede ser la decisión es arbitraria y por eso solo se puede tomar una vez que se haya completado el expediente correspondiente, que es el que ha pedido ahora la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Y salvo que haya serias deficiencias en él, no parece probable que se pueda tumbar la medida, siempre según las fuentes jurídicas consultadas por este periódico.

El recurso, en cambio, puede tener la virtualidad de que se conozcan los informes que justifican la controvertida decisión de Interior, pero incluso esto no es seguro, ya que como se ha señalado Prisiones puede justificar la no aportación de algunos documentos en lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos. De hecho, ya se ha intentado conocer esos informes por vía parlamentaria y el Gobierno ha alegado este tema para no entregarlos.

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