El impacto de la doctrina Atristain, pendiente del caso por caso
El TEDH se ha pronunciado sobre las condiciones concretas de su incomunicación, que ni son las de todos los etarras ni las de quienes ahora piden revisar su caso a la luz del fallo
«No es la docrina Parot». Es lo que resuena estos días en la Audiencia Nacional tras el fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que dio la razón al etarra XabierAtristain en que las declaraciones que prestó en régimen de incomunicación no debieron tenerse en cuenta para condenarle.
Y al inicio, lo parecía. La Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) avisó del riesgo de «excarcelaciones masivas» porque lo que estaba en juego era el régimen mismo de incomunicación que funcionó en España hasta 2015 con la venia del Tribunal Constitucional. Si el TEDH lo ponía en duda y la Abogacía no convencía de que en aquel momento era legal y no vulneraba derechos, muchos terroristas harían cola para tratar de anular sentencias. Pero Estrasburgo no entró ahí. El fallo se limita a la incomunicación de Atristain, donde no estuvo suficientemente motivado que se le impusiera un abogado de oficio y por eso, lo que declarase se considera que carece de validez. De ahí que pida revisar la sentencia.
Ahora, cuando un condenado por los atentados de Cataluña en 2017 pide revisar lo suyo en los mismos términos y otro yihadista pendiente de juicio anuncia que hará lo mismo, las fuentes consultadas por ABC hablan de «clavo ardiendo» porque en sus casos se aplicó la ley posterior a 2015, que ya recogía la necesaria motivación que exige el TEDH. La clave será si se aplicó correctamente en cada caso y si esa fue la única prueba, algo extremadamente infrecuente.
Otra cosa, comentan esas fuentes, es que haya jueces que apliquen el fallo excluyendo de la prueba las declaraciones bajo incomunicación, igual que ya están denostadas las que se prestan ante fuerzas policiales. Es lo que pasó con los etarras 'Gadafi' y Gorka Palacios, absueltos al no apreciar que hubiese más pruebas que ese tipo de declaraciones de terceros, aunque la garantía de las mismas no se viese durante el juicio. De ahí, el reto de cara a nuevos procedimientos. Acreditar juicio a juicio que la incomunicación de la persona cuya declaración se considera prueba relevante de cargo, se ajustó a derecho.