La ikurriña que colocó Bildu en los Sanfermines le valdrá 8.000 euros a los pamploneses

El contencioso administrativo dice que la colocación de la bandera vasca «carece de cobertura legal»

La ikurriña, en el balcón del Ayuntamiento de Pamplona durante el Chupinazo de San Fermín de 2015 AFP
Pablo Ojer

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El Ayuntamiento de Pamplona ha vuelto a perder un juicio y, por lo tanto, tendrá que volver a pagar las costas con cargo al dinero de todos los pamploneses. En esta ocasión se trata de la ikurriña que Bildu colocó en los mástiles oficiales durante el Chupinazo de los pasados Sanfermines.

Un juzgado de lo Contencioso Administrativo de Pamplona ha establecido, según ha anunciado UPN, que la colocación de la ikurriña el pasado 6 de julio de 2017 «carece de cobertura legal» ya que la Ley Foral por la que se derogó hace un año la Ley Foral de Símbolos « no regula ni ampara la exhibición de la bandera de otra Comunidad Autónoma distinta a la navarra ni de la ikurriña en concreto porque lo que hace es remitirse a otra ley que, a día de hoy, no ha sido aprobada y que parece ser, será la que regule este tema».

El pasado 30 de marzo de 2017, el Parlamento de Navarra derogó la Ley Foral de Símbolos con una ley foral cuyo único punto establecía precisamente esa derogación. La idea inicial era aprobar la derogación dentro de una ley más amplia que permitiese la colocación de banderas de otras regiones por decisión de la mayoría de los concejales de cada Ayuntamiento. Sin embargo, la falta de consenso entre las cuatro fuerzas que conforman el cuatripartito que tiene la mayoría en el Parlamento de Navarra impidió dicho acuerdo y tan sólo se acordó la derogación de la ley de 2003.

Un año después, continua sin haber acuerdo en torno a una nueva ley de símbolos y, por lo tanto, el propio juzgado afirma que «en tanto el Parlamento de Navarra apruebe dicha Ley Foral, no existe norma que ampare la exhibición de otras enseñas distintas a las reguladas en la Ley 39/1981 que queda como única norma, general pero indiscutiblemente aplicable a Navarra sin que exista en este momento norma que permita o ampare una actuación como la desarrollada en este caso por el Ayuntamiento demandado».

Además, el juez considera que «tampoco la actuación es enmarcable dentro del principio del pluralismo político , porque dicho principio no es superior al de la legalidad».

Por todo ello, el juzgado establece que el Ayuntamiento de Pamplona deberá pagar las costas del juicio , que suman 8.000 euros, 4.000 por cada una de las partes demandantes, el grupo municipal de UPN y la Delegación del Gobierno.

La ikurriña que colocó Bildu en los Sanfermines le valdrá 8.000 euros a los pamploneses

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