Iglesias intentó flexibilizar el tercer grado de etarras en la ley de la infancia
Les abría la puerta de acceso a ese ‘beneficio’ sin cumplir la mitad de la condena
Pasó el filtro del Congreso sin rectificar y la enmendaron los socialistas en el Senado
El pleno del Congreso aprobó el jueves la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y a la Adolescencia frente a la Violencia, con la única oposición de Vox. Con 297 votos a favor es claramente una ley de consenso que aumenta el plazo de prescripción de los abusos a menores, amplía el concepto de violencia, obliga a utilizar la prueba preconstituida hasta los 14 años e incorpora el deber de los ciudadanos de denunciar el maltrato a niños, entre otras medidas novedosas.
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Pero esta ley, la primera importante de Unidas Podemos, llevaba la marca de la formación en forma de artimaña, que a punto ha estado de salir adelante. El proyecto incluía una modificación del Código Penal que, de haberse aprobado, se traducía en flexibilizar el acceso al tercer grado a condenados por terrorismo, sin necesidad de que hubieran cumplido la mitad de la condena, como ocurre desde la reforma de 2003; es decir, habría supuesto ‘beneficios penitenciarios’ a etarras de los que ahora carecen.
De vuelta, con enmienda
De forma increíble, el texto pasó el primer filtro del Congreso sin que ningún grupo parlamentario se percatara de dicha modificación, incluido el PP. Fue durante el trámite parlamentario en el Senado hace menos de una semana cuando el Grupo Socialista presentó una enmienda para suprimir ese cambio, que prosperó, tal y como recoge el Boletín Oficial de la Cámara Alta del día 19 de mayo. El texto llegó de vuelta al Congreso con la supresión de ese tercer grado para los terroristas y para los condenados por delitos en el seno de una organización criminal. Y salió adelante con un apoyo casi unánime el jueves.
Se dio así la paradoja de que un proyecto de ley del Gobierno, que procedía directamente del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 cuando estaba al frente Pablo Iglesias, se modificó en un artículo tan sensible por el grupo parlamentario de su socio de Gobierno, el PSOE. Pero nada había trascendido sobre este cambio del Código Penal por la puerta de atrás hasta ayer. Y el origen fue un hilo en Twitter del profesor de Derecho Penal y Penitenciario en la Universidad Europea de Madrid Rafael Fontán quien advirtió, desde un punto de vista jurídico, de la reforma que se había pretendido introducir en una disposición de la ley de infancia.
La LO de Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, que se aprueba hoy en el Congreso, incluye diversas reformas en el Código penal.https://t.co/QDLAVxjDdG
— rafael fontán tirado (@rafaelfontan) May 20, 2021
El artículo 36 del Código Penal regula los periodos de seguridad y fija que en determinados delitos (graves) el condenado no podrá acceder al tercer grado hasta cumplir la mitad de su pena:terroristas, miembros de organizaciones criminales, agresores sexuales cuando la víctima tenga menos de 16 años y delitos de prostitución y corrupción de menores cuando tenga menos de 13.
Un hilo de Twitter
El proyecto que había salido del Consejo de Ministros añadía personas con discapacidad que necesitaran especial protección y víctimas de trata menores. Los autores de estos delitos y los anteriores tampoco podrían acceder al tercer grado, pero se añadía un apartado: permitir al juez de Vigilancia Penitenciaria aplicar el régimen general de cumplimiento, es decir, que terroristas y miembros de organizaciones criminales pudieran acceder a ese beneficio sin haber cumplido la mitad de la pena si «la autoridad judicial de Vigilancia Penitenciaria» así lo consideraba.
«Se amplía el ‘periodo de seguridad’ (art. 36.2) a los delitos de trata de seres humanos cuando la víctima sea un menor, incluyendo también la imposibilidad de obtener beneficios penitenciarios durante ese mismo periodo, pero se excluyen de ese automatismo a los condenados por delitos de terrorismo (incluidos hasta ahora), a los que sí se les podrá aplicar el régimen general», escribió el viernes el profesor Fontán en Twitter. Y ahí comenzó un debate entre juristas, que alertó primero a la AVT.
«Yo interpretaba que a los condenados por delitos de trata con víctimas menores no se les iba a poder conceder permisos de salida hasta la mitad de la condena y respondí que no había ningún beneficio ni trato favorable a los presos etarras. Tras debatirlo con Fontán y otros juristas veo que tienen razón y que se favorecía ese acceso al tercer grado, que es lo que hemos denunciado», explica la abogada de la AVT y doctora en Derecho, Carmen Ladrón de Guevara.
Daba potestad al juez
«El Código Penal fija claramente la imposibilidad de que los condenados por terrorismo puedan obtener el tercer grado hasta que no hayan cumplido por lo menos la mitad de la condena , es una excepción a la regla general que señala que en cualquier momento se puede conceder a un preso el tercer grado», continúa la abogada.
Ni siquiera el juez de Vigilancia Penitenciaria puede levantar ese periodo de seguridad si observa buena conducta en terroristas, como sí tiene la potestad de hacerlo en otros delitos.
«En el texto que salió del Congreso y llegó al Senado el juez podía levantar ese periodo de seguridad, salvo en algunos casos, y se excluye de esa salvedad a los condenados por delitos de terrorismo, por tanto, se eliminaba dicha excepción y el juez de Vigilancia podría acordar la progresión al tercer grado sin haber cumplido la mitad de la condena», explica Ladrón de Guevara. Además añadía otro apartado –continúa– para poder acordar el tercer grado por razones humanitarias y en el caso de enfermedades muy graves incurables, y de ancianos y presos con 70 años.
«Nos damos cuenta de que nos la han colado, lo denunciamos y ante la denuncia se ponen en contacto con nosotros tanto el Grupo Popular del Congreso como del Senado para explicarnos que finalmente la modificación no salió adelante gracias a una enmienda en la Cámara Alta del PSOE».
Parece inexplicable que una reforma de tal calado del Código Penal no fuera advertida por ninguno de los grupos parlamentarios en el Congreso. Cierto que no tenía nada que ver con el espíritu de la ley sobre la que se articuló el debate parlamentario con decenas de enmiendas en ambas Cámaras. Se discutió sobre permisos y beneficios para delincuentes con víctimas menores, no sobre terceros grados.
«Finalmente el Senado decidió no modificar el artículo 36. Este apartado pasa pues a mejor vida, ya que ayer el Congreso convalidó la enmienda», escribió el profesor Fontán. El texto definitivo de la ley de infancia aún no ha sido publicado en el BOE , pero el jueves el Congreso solo rechazó dos de las enmiendas que había introducido el Senado y ninguna es la que afectaba al Código Penal en ese aspecto.
En la AVT tienen claro que se trató de «una maniobra del Gobierno para colar de rondón una reforma del Código Penal, que afortunadamente no ha salido adelante, pero ha sido ‘in extremis’». Están convencidos de que en cualquier momento les van a «colar» otra, y así se lo advirtieron al PP. «Quieren reformar el cumplimiento íntegro y efectivo de las conden as. Llevan tiempo diciéndolo en ‘Gara’».