La Fiscalía recurre al Supremo la absolución del concejal que devolvió carteles requisados del 1-O

Acusa a la Audiencia de Barcelona de haber modificado el relato de hechos para anular su multa por desobediencia

Téllez, en su comparecencia ante el juez de instrucción que le imputó por desobediencia Twitter Guanyem Badalona

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La Fiscalía del Tribunal Supremo ha recurrido la sentencia de la Audiencia de Barcelona que absolvió al concejal de Badalona José Téllez de un delito de desobediencia. El edil devolvió a un grupo de personas los carteles independentistas que momentos antes habían sido requisados por la Policía Local en cumplimiento de una instrucción de la Fiscalía del TSJ de Cataluña.

La Audiencia de Barcelona absolvió a Téllez al estimar su recurso contra la condena a una multa de 4.380 euros que un juzgado le impuso por desobedecer a agentes de Policía Local en septiembre de 2017. Consideró la Audiencia que no había «prueba de cargo» que sustentara la condena, por lo que la revocó.

Ese 25 de septiembre de 2017, cinco días antes del referéndum, la Policía Local requisó unos carteles proindependentistas a un grupo de cinco personas que los estaba colgando en unas farolas. El edil se presentó entonces en el lugar e instó a los agentes a que devolvieran los carteles. Al negarse, fue él mismo quien abrió el maletero del vehículo, los cogió y se los devolvió al grupo.

Este incidente ha estado muy presente en el juicio del «procés» que se celebra en el Supremo, porque precisamente en esa actuación estuvo el acusado Jordi Cuixart, presidente de Òmnium Cultural. Según el relato de los testigos, Cuixart puso las manos en el capó del vehículo de los agentes locales para impedirles avanzar aunque no se le llegó a imputar por estos hechos.

En su recurso ante el Supremo, la Fiscalía reprocha a la Audiencia de Barcelona que haya modificado el relato de hechos probados «sin haber oído al acusado, ni a los testigos», contradiciendo así la doctrina de la Sala Segunda del Supremo. Rechaza, además, que el hecho de que no hubiera un requerimiento expreso para que no cogiera el material del vehículo sea un argumento para absolverlo.

La fiscal María Ángeles Garrido sostiene que sí que existía una orden expresa, ya que la Policía Local que requisó los carteles actuaba por orden de la Fiscalía de Barcelona y se había negado de forma reiterada a devolverlos pese a los requerimientos de Téllez. «En el momento en que Téllez decide recoger los carteles incautados y devolverlos a las personas que los estaban colgando de las farolas, está desobedeciendo directamente esa orden», argumenta.

Ni «fácil» ni «cómodo»

La condición de teniente alcalde de Téllez ponía en una situación comprometida a los agentes locales. «No podía ser fácil ni cómodo mantener la orden de la Fiscalía frente a la renuente e incompresible actitud de Téllez, que pretendía prevalerse de forma coactiva de su cargo de regidor frente a los mismos», dice la representante del Ministerio Público.

Según la sentencia recurrida, el concejal no cometió desobediencia porque no tenía una orden expresa y lo único que pretendía era evitar un conflicto entre la policía y los ciudadanos , lo que para la Fiscalía «se trata de una deducción del ánimo del acusado gratuita, eso sí, dirigida a excluir la figura típica imputada, lo que constituye el único fundamento de tal aseveración».

«Es claro de los hechos probados que Téllez buscaba que los carteles del referéndum ilegal se devolvieran para poder ser utilizados, aunque ello conllevara incumplir las órdenes del Fiscal de la Audiencia Provincial y del Fiscal del Tribunal Superior de Justicia al impedir que sí las acataran los agentes de la Policía Local», resume.

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