La Fiscalía pide al Supremo que rechace la querella de IU contra Don Juan Carlos

Recuerda que su anterior denuncia ya se archivó y que no se precisan qué datos nuevos le llevan a ampliarla

Don Juan Carlos, en una imagen de archivo

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La Fiscalía del Tribunal Supremo ha presentado un informe en el que se opone a la solicitud de reapertura y la ampliación de la querella presentada en su día por la representación procesal del Partido Comunista de España, Izquierda Unida y Asociación Foro de Abogadas y Abogados de Izquierdas contra Don Juan Carlos. En ella, atribuyen al anterior Monarca trece delitos y se dirigen también contra el empresario mexicano-británico Allen Sanginés-Krause, el coronel Nicolás Murga, el abogado Dante Canónica y Álvaro de Orleans.

Tras considerar competente al Supremo para investigar al anterior Rey por el patrimonio en Suiza , la Fiscalía recuerda que «la reapertura solo es posible en los supuestos en los que se hubiera acordado en un procedimiento penal ya iniciado el sobreseimiento provisional y hubieran aparecido nuevos elementos de prueba que no constaran en la causa previamente sobreseída». Sin embargo,   la querella inicialmente presentada fue inadmitida a trámite por el Supremo en abril de 2019 , por lo que no puede procederse «a la reapertura de un proceso que nunca se abrió».

Además, el informe del Ministerio Público señala que la solicitud de reapertura no señala en qué nuevos elementos de prueba pretende basar su petición . Y recuerda que, si bien el Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional acordó una reapertura parcial de la llamada Pieza Carol, lo hizo únicamente respecto de hechos imputables a otras personas, manteniendo el sobreseimiento respecto al resto. Esa pieza fue de nuevo archivada por el mismo Juzgado en octubre de 2020.

En cuanto a la solicitud de ampliación de querella, el informe reitera su rechazo de plano por la inexistencia de procedimiento abierto o pendiente de reapertura, pues la querella en cuestión ya fue inadmitida. Además, advierte de que los hechos relatados en la solicitud de ampliación de querella se produjeron con anterioridad al 19 de junio de 2014 y, por tanto, con carácter previo a la abdicación del querellado, por lo que estaría amparado por la inviolabilidad que el art. 56.3 de la Constitución garantiza al Jefe del Estado.

Otros hechos imputados en el escrito de ampliación de querella se refieren genéricamente, dice la Fiscalía, a la existencia de las diligencias de investigación abiertas por la Fiscalía General del Estado, basando fundamentalmente su imputación en lo publicado en diversos medios de comunicación.

Pendiente de diligencias

El informe recuerda que las Diligencias de Investigación de la Fiscalía se encuentran pendientes de la práctica de varias diligencias , «cuya realización será decisiva para determinar la participación que la persona investigada hubiese podido tener en la realización de tales hechos, y la consideración técnico-jurídica que los mismos pudieran merecer», y que «solo en el supuesto de que la persona del investigado (u otra u otras en su caso) fuesen presuntamente responsables de hechos con significación penal, el fiscal interesaría su inmediata judicialización formulando la oportuna denuncia o querella».

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