El fiscal del 'Caso Mascarillas' descarta que Medina y Luceño tuvieran un «trato privilegiado»
El fiscal, siguiendo el criterio del juez instructor, se opone a que se analicen las llamadas del primo del alcalde de Madrid
El fiscal anticorrupción del ' Caso Mascarillas ', Luis Rodríguez Sol, entiende que ni Luis Medina ni su socio, Alberto Luceño, «recibieron ningún trato privilegiado por parte de ningún funcionario del Ayuntamiento de Madrid». Es la conclusión a la que llega el fiscal tras escuchar las declaraciones de los testigos que han ido desfilando por los juzgados madrileños hasta la fecha y lo que infiere de la prueba documental que obra en la causa, «sin ningún género de dudas».
Así lo expresa el fiscal en un escrito al que ha tenido acceso ABC, en el que rechaza la pretensión de la acusación popular de Más Madrid de analizar las llamadas que el primo del alcalde de Madrid, Carlos Martínez Almeida, mantuvo con el hijo del duque de Feria y la profesora universitaria que les puso en contacto.
«Ha quedado claramente demostrado que Luis Ramón Medina Abascal habló por teléfono con Carlos Martinez-Almeida Morales, cuyo número de teléfono obtuvo a través de una amiga común (Maria Díaz de la Cebosa); que Carlos Martinez Almeida trasladó el objeto de la llamada a Matilde Duarte García, Coordinadora General de Alcaldia, y que esta le dijo que el Sr. Medina podía dirigir su oferta a una dirección de correo electrónico genérica y pública del Ayuntamiento de Madrid (cgalcaldia@madrid.es); que Carlos Martinez Almeida transmitió el anterior mensaje al Sr. Medina; que, en efecto, este escribió dos veces a la dirección de correo electrónico mencionada; y que, desde la Coordinación General de Alcaldía, el mensaje del Sr. Medina fue remitido, entre otros destinatarios, a la Coordinación General de la Sra. Collado, que en aquel momento había asumido la tarea de realizar las gestiones necesarias para la adquisición de material sanitario», expone Rodríguez Sol.
Para el fiscal, los intervinientes en la cadena de comunicaciones han confirmado de manera «coherente y concorde» cómo se produjeron esas conversaciones a lo largo de los interrogatorios. «No se ha advertido ninguna manifestación que desvirtúe, en lo sustancial,» el relato.
Diligencias «claramente inútiles»
Más Madrid, que ejerce la acusación popular en la causa, presentó un recurso ante la Audiencia Provincial tras la negativa del juez Adolfo Carretero a analizar las conversaciones que el partido considera necesarias «para una completa averiguación de los medios con que contaron los investigados para cometer la estafa». Según la formación, los contactos facilitados les posicionó en una « situación de privilegio respecto a otros ciudadanos y otras empresas«.
No obstante, el fiscal anticorrupción en su escrito se opone al examen de las comunicaciones y destaca el contexto en el que los comisionistas accedieron a las personas responsables del Ayuntamiento de Madrid, cuando «las administraciones públicas esperaban con ansiedad cualquier oferta de material sanitario». Recuerda en el escrito que en la causa no se está investigando un posible delito de tráfico de influencias y, por tanto, concluye que las diligencias solicitadas por el partido «son claramente inútiles''. Argumenta que los contactos con los comisionistas son previos a que se cometieron los presuntos delitos de estafa, falsedad documental, blanqueo de capitales y alzamiento de bienes y, por ello, carecen de «cualquier relevancia penal».
En cualquier caso Rodríguez Sol explica que el secreto de las comunicaciones es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Española que sólo podría ser limitado mediante autorización judicial. Y según él, en este caso, «no concurren los requisitos de idoneidad y de necesidad porque las diligencias solicitadas no van a aportar ningún dato de interés para el esclarecimiento de los hechos investigados».
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