El fiscal Cadena ve «prematura» la libertad de Junqueras y los demás presos del «procés»

El Ministerio Fiscal recurrirá la aplicación del artículo 100.2, que está permitiendo los permisos temporales

Oriol Junqueras, tras salir hoy de prisión INÉS BAUCELLS / VIDEO: Junqueras sale de prisión para dar clases en la universidad - ABC Multimedia

EP

El fiscal de la Sala II del Tribunal Supremo (TS), Fidel Cadena , ha afirmado este martes que «no puede ser aplicado de manera prematura» el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario , en aplicación del cual el dirigente de ERC, Oriol Junqueras , ha salido -con un permiso temporal- de prisión esta mañana.

En declaraciones a los medios de comunicación, Cadena ha recordado que el Ministerio Fiscal recurrirá la aplicación de este artículo respecto de todos los condenados del juicio del 1-O. Ha expuesto que se debe exigir la aceptación de la culpabilidad y el arrepentimiento de los hechos.

Cadena ha impartido una conferencia sobre «El delito de rebelión y la sentencia del procès» en el Foro de la Asociación de Directivos y Ejecutivos de Aragón (ADEA), un acto en el que han participado el magistrado Julio Arenere y el presidente de ADEA, Salvador Arenere.

La sentencia del «procès» «es excelente, sobre todo, en el ámbito de los derechos fundamentales», ha continuado Cadena, quien ha discrepado sobre el contenido penal de la misma porque «la solución jurídica debería haber sido otra», apostando por «un tsunami democrático que preserve los valores del Estado de Derecho».

También ha dicho sobre la sentencia que el 1-O no fue una «ensoñación», sino que «esto ocurrió», produciéndose «un alzamiento público y violento que persigue unos fines que, además, consigue», observando que fue «un proyecto tramado desde la hoja de ruta de 2015» que incluía la creación de una «estructura de Estado» que preveía el uso de la violencia «para soltar amarras con el Estado».

Por otra parte, ha elogiado a las «personas maravillosas» que «descubrieron la malversación» por parte de los condenados, en expresa alusión a la abogada del Estado Carmen Tejada .

El fiscal ha rechazado la posibilidad de modificación del delito de rebelión, en el Código Penal, señalando al respecto que se debe tener en cuenta el principio de proporcionalidad y que hay que tener cuidado en la aplicación de los tipos penales.

Fidel Cadena ha destacado que la regulación del delito de rebelión, desde el siglo XIX, «protege el orden constitucional» y tiene una vigencia «absoluta y máxima», por lo que «no hay que tocar esa figura legislativa».

Ha hecho notar que para aplicarlo «no es preciso que se utilicen tanques» porque «no es verdad que se exija un alzamiento con armas». Ha defendido penar la promoción de actuaciones de desobediencia al Tribunal Constitucional y la de referendum ilegales, lo que «puede disuadir».

El 1-O se produjo «una flagrante ilegalidad que tenía como objetivo fracturar política y territorialmente la estructura del Estado y el orden constitucional».

«Para nosotros aquello fue un golpe de Estado» , ha recalcado Cadena, indicando que todas las normas que aprobó el Parlamento catalán respecto de la independencia «son inconstitucionales» y, además, «se derogó de facto y jurídicamente la Constitución» con aquellas normas, tras lo que ha manifestado que «no existe legalidad democrática fuera de la legalidad constitucional» y que «estamos afectados todos». Ha dejado claro que «no existe ningún derecho de autodeterminación en Cataluña».

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