El expresidente murciano Sánchez, absuelto de los delitos de falsedad y prevaricación
La sentencia falla que «la interpretación que hizo la Sección Segunda de esta Audiencia fue poco razonable»
![Pedro Antonio Sánchez, expresidente de Murcia](https://s3.abcstatics.com/media/espana/2018/12/20/pedro-antonio-sanchez-efe-kd1G--1248x698@abc.jpg)
La Audiencia Provincial de Murcia ha absuelto al que fuera presidente de la Comunidad, Pedro Antonio Sánchez , de los delitos de falsedad y prevaricación en la contratación en relación con el conocido como «caso Pasarela».
Asimismo, absuelve al M.L., arquitecto encargado del proyecto de rehabilitación de la Rambla de Nogalte, al estimar una de las cuestiones previa que planteó la defensa de Sánchez y a la que se ha adherido la de M.L.
El Ministerio Fiscal y dos acusaciones entendían que tanto Sánchez, en su entonces condición de alcalde de Puerto Lumbreras , y M. L., habían cometido los presuntos delitos de prevaricación y falsedad documental en la contratación en relación al «caso Pasarela».
En estas actuaciones se investigaba la contratación de un arquitecto por parte del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras para la elaboración de la documentación técnica para una subvención de obra pública en el entorno de la rambla Nogalte.
La sentencia absolutoria, adelantada hoy oralmente por el ponente del tribunal, el magistrado Álvaro Castaño-Penalva , señala que «la interpretación que hizo la Sección Segunda de esta Audiencia fue poco razonable y contraria al tenor del texto de la ley», lo que debe acarrear la nulidad de las diligencias practicadas desde entonces.
El tribunal ha señalado, asimismo, que «no hay excusa ni disculpa para lo ocurrido en este caso ya que hubo una indolencia en la instrucción, que es atribuible a la administración de justicia y que no debe repercutir de forma desfavorable en los acusados».
La Sala critica así que dentro de los seis meses en que estuvo la causa abierta ni siquiera se había tomado declaración a los investigados.
Por estos hechos, la representación procesal pedía para Pedro Antonio Sánchez cuatro años de cárcel y una multa de 20 meses, así como inhabilitación durante diez años para empleo o cargo público por la comisión de un delito de falsedad documental.
Para M.L. solicitaba una pena de diez años de inhabilitación para empleo o cargo público como cooperador necesario en un delito de prevaricación administrativa, y la pena de dos años de prisión einhabilitación especial de diez años por un delito de fraude en la contratación, con el pago de las costas procesales en ambos casos.