Estado de alarma en Madrid: Estas son las restricciones que van a entrar en vigor
Las medidas han entrado en vigor de forma inmediata tras ser publicadas en el BOE
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El estado de alarma en Madrid ya ha sido anunciado oficialmente por el Gobierno, a la espera de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, momento en el que las medidas ya estarán en vigor. Durante su comparecencia, el ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha asegurado que las medidas son las que ya estaban en vigor antes de que las tumbara el TSJM.
Estas son las restricciones que recoge para los habitantes de la capital y numerosos municipios de su área metropolitana:
– Las reuniones sociales se limitan a seis personas , salvo en el caso de que se trate de convivientes.
– En los lugares de culto el aforo máximo será de un tercio, garantizando en todo momento la distancia de seguridad de 1,5 metros.
– En los velatorios habrá un máximo de diez personas en espacios cerrados o quince al aire libre y quince personas en la comitiva para el entierro o cremación de la persona.
– Para los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público el aforo se limita al 50% y la hora de cierre no podrá superar las 22 horas.
–También el 50% será el aforo máximo en el interior de los establecimientos de hostelería y restauración y de juegos y apuestas. Además, el consumo en barra no estará permitido. El límite de aforo se eleva hasta el 60% en los espacios exteriores de los citados establecimientos.
– En los bares y restaurantes , las mesas no podrán estar ocupadas por más de seis personas y el horario de cierre será a las 23 hora s, de manera que a las 22 horas los establecimientos ya no podrán admitir nuevos clientes. Este horario no afecta a los servicios de entrega de comida a domicilio.
– En cuanto a academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas el aforo máximo también será del 50%, el mismo que en instalaciones deportivas en espacios interiores, subiendo hasta el 60% cuando estas se encuentren en espacios exteriores. La práctica deportiva en grupo, además, se reduce a un máximo de seis personas. Estas medidas no afectan a las competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional y a las competiciones internacionales que estén bajo la tutela organizativa de las Federaciones deportivas españolas.
– En el resto de actividades, servicios e instalaciones que no se contemplen en las situaciones anteriores el aforo máximo será del 50%, salvo que se prevea uno inferior.
Municipios afectados
Estas medidas serán de aplicación en Madrid, Fuenlabrada, Parla, Alcobendas, Torrejón de Ardoz, Getafe, Alcorcón, Leganés y Móstoles . Dentro de estos municipios se permite la circulación de las personas que residan en los mismos siempre que se respeten las medidas individuales y colectivas.
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