Elecciones gallegas y vascas
Dónde y cómo votar: seis normas básicas para las elecciones vascas y gallegas del 25 de septiembre
¿Hasta qué hora abren los colegios? ¿Puedo ir con el DNI caducado? ¿Puedo faltar al trabajo? Estos son los derechos y obligaciones de los votantes para la jornada electoral
![Los colegios electorales abrirán, como en cualquier otro comicio, de 9.00 a 20.00 horas](https://s2.abcstatics.com/media/espana/2016/09/24/donde-como-votar-kru--620x349@abc.jpg)
Llevamos dos años muy intensos electoralmente. Desde mediados de 2014 hemos celebrado europeas, autonómicas, dos generales... y ahora llegan las elecciones vascas y gallegas . Nos hemos acostumbrado a visitar el colegio electoral pero siempre surgen dudas sobre sus normas y su funcionamiento. Aquí les dejamos una guía rápida para votar este domingo.
¿Puedo votar con el DNI caducado?
Pues sí. Los electores que voten de manera presencial, dice la Junta Electoral Vasca , «deberán identificarse ante la Presidencia de la Mesa, aportando alguno de los documentos oficiales siguientes: DNI, Pasaporte o Permiso de conducción con la fotografía del titular aunque estén caducados (no valen fotocopias ni el resguardo de renovación del DNI)».
¿Puedo votar en Mesa si pedí voto por correo?
Según la Junta Electoral, no. Las personas que hayan pedido el voto por correo no podrán votar en Mesa para evitar que alguien vote dos veces. Otra restricción de sobra conocida es que, durante el día de la votación, «ni en los Locales o Colegios electorales, ni en los locales de las Mesas electorales, ni en las inmediaciones de las mismas podrá realizarse propaganda de ningún género a favor de las candidaturas».
¿Qué horario tienen los colegios?
En las municipales, los colegios mantienen el mismo horario que en cualquier otro comicio: de 9.00 a 20.00 horas. ¿Qué ocurre si son las 20.00 horas, estoy en el colegio, y aún no he votado? No pasa nada. Si justo a esa hora queda algún votante dentro del centro o a su entrada también se admitirá su voto.
¿Qué ocurre si tengo que trabajar?
El trabajador tiene derecho a trabajar y no cobrará menos por ausentarse del trabajo para votar. Sin embargo, el trabajador también tiene una serie de obligaciones que cumplir. Primero, debe avisar a la empresa de que irá a votar. Después, «pedirá un justificante en la mesa electoral y se lo deberá entregar a la empresa para acreditar que efectivamente ha ido a votar».
Además, la web del INEM dice que el trabajador tiene derecho a ausentarse del trabajo por «el tiempo indispensable para votar», y que este tiempo será retribuido por la empresa. La norma habitual (que varía ligeramente en algunas comunidades autónomas), establece varios supuestos:
Caso a) Trabajadores cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de los colegios electorales o cuya jornada sea inferior a 2 horas: No tendrán derecho a permiso retribuido ya que la jornada de trabajo no le impide ir a votar.
Caso b) Trabajadores cuyo horario coincida en 2 o más horas y que éste sea de menos de 4 horas: Tendrán derecho a un permiso retribuido de 2 horas.
Caso c) Trabajadores cuyo horario coincida entre 4 y 6 horas con el de los colegios electorales: Tendrán permiso retribuido de 3 horas.
Caso d) Trabajadores cuyo horario coincida en 6 o más horas con el de los colegios electorales: Tendrán derecho a un permiso retribuido de 4 horas.
¿Tengo derecho a supervisar el recuento?
La Junta Electoral Vasca dice que sí . En sus derechos y obligaciones del votante establece que: «Todos las electoras o electores podrán asistir al escrutinio público de los votos de cada Mesa que se llevará a cabo a partir de las 20.00 horas del 25 de septiembre».