El Supremo emitirá su informe sobre el indulto a los presos del 'procés'

ABC

Los i ndultos a los presos del 'procés' vuelven a protagonizar la actualidad en las próximas semanas. Se prevé que a finales de esta semana el Tribunal Supremo emita su informe sobre el indulto a los presos independentistas por el referéndum del 1 de octubre en Cataluña. Pero ¿qué es un indulto y en qué se diferencia con un indulto parcial? Aquí te contamos lo que supone la aplicación de la medida de gracia, regida por una ley de 1870.

¿Qué es un indulto parcial y total?

El indulto supone el perdón de la pena de los condenados por sentencia firme. Según el artículo 62 de la Constitución Española , que recoge los poderes del Rey, es el monarca quien concede esta medida de gracia, aunque la decisión la toma el C onsejo de Ministros tras deliberar sobre la propuesta, que es realizada por el Ministerio de Justicia.

El indulto puede ser de forma total o parcial. Este primero, conlleva la remisión de todas las penas a las que dicho preso hubiera sido condenado. A diferencia del parcial, que solo implica la remisión de algunas de las penas impuestas, es decir, no de todas, solo una parte de las penas impuestas que falte por cumplir.

Es importante recordar que, el Gobierno no puede otorgar un indulto total , pero sí parcial, si el informe del tribunal sentenciador es desfavorable a la concesión de indulto. Por lo que el informe del tribunal sentenciador es preceptivo pero no es vinculante para el Gobierno, como tampoco lo es el informe del Ministerio Fiscal. Estos tres informes son preceptivos, pero no vinculantes.

Otra de las preguntas frecuentes es: ¿para ser indultado es necesario el arrepentimiento del condenado? El arrepentimiento no es requisito legal expreso para obtener el indulto. Eso sí, es uno de los aspectos que el tribunal sentenciador valora para emitir su informe y que puede valorarse a lo largo de todo el proceso.

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