Delgado, cuando era la fiscal antiyihadismo: el delito de enaltecimiento es «absolutamente necesario»

La ahora fiscal general ha sostenido que el enaltecimiento «no se puede aislar de la actividad terrorista»

Dolores Delgado, en una imagen del pasado septiembre Efe

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La tipificación como delito del enaltecimiento del terrorismo es «absolutamente necesaria» y «no se puede aislar de la actividad terrorista». Es la valoración que la entonces Fiscal coordinadora contra el terrorismo yihadista de la Audiencia Nacional y hoy fiscal general del Estado, Dolores Delgado, hacía en 2017 a este diario en relación a esta figura que Podemos pide derogar «de forma urgente».

En 2017, la Audiencia Nacional condenó a cinco personas conforme a este delito, aunque el número de detenciones por sospechas de «enaltecimiento» había sido superior. La Fiscalía de ese Tribunal reconocía en una de sus memorias las «enormes dificultades legales» en relación con la «probanza» que entraña este delito «singularmente enmarcado -se decía- en el ámbito de la respuesta penal preventiva frente a las células terroristas». Al margen, el Tribunal Supremo había dicho ya en 2007 que el espíritu de la ley en relación al entaltecimiento es sancionar conductas que «no son terroristas 'per se' pero que les favorecen en cuanto significan apoyo a estas graves acciones punibles».

En es contraste con este parecer se pronunció Dolores Delgado, al estimar que el enaltecimiento, como «primer paso de la radicalización, no se puede asilar de la actividad terrorista» . «Es el preludio de las siguiente acciones terroristas» , dijo entonces en su despacho de la Audiencia Nacional, donde distinguió entre esta conducta delictiva y otra, también sancionable, como es el enaltecimiento que tiene que ver con el «desprecio a las víctimas».

Libertad de expresión, odio y mal gusto

Se trata, en efecto de dos conductas autónomas, tifipicadas en ese artículo 578 que Podemos apuesta por hacer desaparecer. La del desprecio a las víctimas se ha asociado tradicionalmente a las de ETA. Son casos estos, dijo Delgado, en que se impone «ser muy cuidadoso al establecer una línea entre la libertad de expresión, el discurso del odio y el mal gusto inadmisible, pero que no deja de ser mal gusto». «No es un problema de tipificación, que es absolutamente necesaria, sino de interpretación porque estamos valorando ideas y comportamientos», concluyó.

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