El Constitucional estudiará la suspensión de cargo público de Puigdemont
El TC admitió ayer a trámite el recurso de amparo del expresident de la Generalitat
El Pleno del Tribunal Constitucional admitió ayer a trámite el recurso de amparo que el expresident de la Generalitat de Cataluña, Carles Puigdemont, presentó tras la suspensión de cargo público que acordó en julio Pablo Llarena, instructor del 1-O. La decisión del magistrado se basó en la aplicación del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en virtud del cual, cuando sea «firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión». En este caso fue la propia euroorden cursada contra él la que decretaba esa prisión incondicional.
En la providencia notificada ayer, el Tribunal Constitucional justifica la admisión del recurso del expresidente autonómico, quien huyó de España en octubre de 2017 , en su «especial trascendencia constitucional», pues «plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este Tribunal» . El órgano de garantías requiere al Tribunal Supremo para que en un plazo máximo de diez días remita copia de las actuaciones correspondientes.
Respecto a la solicitud de suspensión de esa resolución, el Pleno no aprecia la «urgencia excepcional» a la que se refiere la ley, aunque da al Ministerio Fiscal tres días para pronunciarse sobre este punto.
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