El TSJ confirma la absolución de Cifuentes por el caso Máster y rebaja la pena de las dos condenadas
La condena de Maite Feito pasa de tres a dos años de cárcel por inducir la falsificación
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado la absolución de la expresidenta regional Cristina Cifuentes por el llamado caso Máster y ha rebajado las penas impuestas a las dos condenadas: la profesora de la Universidad Rey Juan Carlos Cecilia Rosado , que pasa de año y medio a un año de prisión y la asesora de la Consejería de Educación Maite Feito , que podrá eludir la cárcel al mermar su sentencia de tres años a dos.
En una resolución notificada este lunes, el TSJ estima así parcialmente los recursos que ambas habían presentado contra la sentencia que las condenó por la falsificación material de las actas que reflejaban que Cifuentes había aprobado un trabajo de fin de máster que no consta que hiciera ni defendiera. A Rosado la sentencia se le impuso por fabricar el acta siguiendo instrucciones de un catedrático ya fallecido y a Feito, por inducirlo presionando desde su posición de asesora en el Gobierno madrileño.
Sin embargo, la Sala desestima el recurso presentado por la Fiscalía contra la absolución de Cifuentes. El Ministerio Público había pedido que se anulase la sentencia y se repitiese el juicio al ver vulnerada la tutela judicial efectiva. Consideraba que la motivación que llevó al tribunal a absolver a la expresidenta regional carecía de lógica y motivación.
La Sala entiende, sin embargo, que el tribunal sentenciador «no incurrió en un déficit de motivación ni su discurso es irracional ni omite razonamiento sobre alguna prueba relevante» y sostiene que «la sentencia explica sucintamente las razones que alientan la absolución», pues si bien «orilló algunos pormenores» no por ello incumple su deber de estar motivada «ni lesiona el derecho a la tutela judicial efectiva».
Ve «meras hipótesis» en el recurso de la fiscal
«La fundamentación en que descansa la pretendida virtualidad probatoria de las razones o indicios 'velados' o 'encubiertos' que expone la Fiscalía para dar por probada la intervención en los hechos de la Cristina Cifuentes es inhábil, pues estamos en presencia de meras hipótesis, insuficientes para determinarla con la certeza que una sentencia condenatoria requiere», señalan las magistradas del TSJ.
La Fiscalía sostenía que si Feito fue inductora, como de hecho decía la misma sentencia, era en interés de Cifuentes pues de otro modo no se explicaría que ella, siendo asesora de la Consejería de Educación y exprofesora de la Rey Juan Carlos, interviniese en la gestión de crisis cuando se publicó que la expresidenta no había aprobado limpiamente el máster y presionase a Rosado para que falsificase un acta.
Para la Sala, «el proceso deductivo no se basa en un enlace racional que de forma natural conduzca a una consecuencia cierta y los subrayados como indicios no apuntan a una probabilidad prevalente que autorice a dar por enervada la presunción de inocencia».