Un Comité de la ONU da alas a Garzón para pedir el reingreso como juez
El dictamen señala que su condena fue «arbitraria e imprevisible» y España está obligada a compensarle
La resolución vincula en lo político, que no en lo judicial, y pone el foco en el Gobierno
El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha dictaminado que Baltasar Garzón fue inhabilitado como juez por una sentencia «arbitraria» del Tribunal Supremo y ha pedido a España, que es parte, que borre sus antecedentes penales y le proporcione «compensación adecuada por el daño sufrido». El plazo, 180 días.
El dictamen tiene que ver con la condena a 11 años de inhabilitación que impuso el Supremo a Garzón en 2012 por prevaricar en el caso Gürtel al acordar escuchas que afectaban a conversaciones entre investigados y sus abogados. El Constitucional inadmitió su recurso contra la sentencia, que tampoco prosperó en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Garzón acudió al Comité, un grupo internacional designado por los países firmantes.
El ahora abogado explica que si bien su condena terminó el pasado 1 de mayo, no ha dado el paso de pedir la reincorporación en la carrera judicial en espera de este dictamen que, entiende, ahora le «abre la puerta». «Lógicamente, si se declara la condena arbitraria y esa condena fue de inhabilitación, si quitas los efectos de la condena, que son los antecedentes, lo normal sería la reposición en el cargo », señala en declaraciones a ABC.
Garzón apunta, no obstante, que dejará «la iniciativa al Estado» y en vista de lo que haga el Gobierno «que es a quien interpela el Comité», dará el siguiente paso. No descarta la vía judicial porque sostiene que el dictamen es vinculante.
Sobre el papel, en el derecho internacional, lo es. España ha firmado el Pacto de Derechos Políticos y Civiles de la ONU y además, su protocolo facultativo, que reconoce la capacidad del Comité para evaluar y resolver sobre vulneraciones del acuerdo. Sin embargo, no existe en la normativa interna un mecanismo que articule el modo en que se acatan los dictámenes y no cabe revisión ni nulidad de la sentencia del Supremo porque además de que es firme, el Comité no es un tribunal.
Es más, de acuerdo a los juristas consultados, en este caso, el organismo se habría extralimitado porque ha entrado a evaluar el modo en que el Código Penal español define la «prevaricación», que es por lo que considera que hubo arbitrariedad. El derecho interno queda fuera del Pacto, es competencia de cada país y la interpretación, del Supremo, que ya había acotado ese delito con jurisprudencia.
En cualquier caso, acatar el dictamen es un compromiso político que el Gobierno puede asumir o puede obviar, como aclaró el miembro del Comité José Manuel Santos Pais en 2018, después de que un grupo de trabajo de este organismo pidiese a España que restituyese los «derechos políticos» Jordi Sànchez, que estaba en prisión preventiva en espera de juicio por el procés.
Hay un caso emblemático de incumplimiento, el de Ángela González, cuyo exmarido mató a la hija de ambos. El Comité contra la Discriminación de la Mujer dictaminó que el Estado había fallado en proteger a ambas. Pero nada se hizo y tuvo que ser el Supremo quien le diera la razón.
Era, no obstante, una indemnización. En el caso de Garzón, advierten otras fuentes, supondría que el Gobierno vacía de contenido una sentencia firme contra la que no prosperaron los recursos borrando sus efectos. Y aún así, de la reincorporación, si finalmente la pidiese, todavía habría de pronunciarse el CGPJ.