¿Cumple Madrid las condiciones para ser zona catastrófica? ¿Qué ayudas implica?
Pedro Sánchez ya ha declarado zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil con inundaciones e incendios que asolaron distintos puntos de España
La declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil – que incluye el escenario de catástrofe – está sobre la mesa. El paso de Filomena , seguido por una ola de frío que llevará las zonas afectadas a temperaturas extremas, ha provocado la irrupción del debate. El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida , estudia pedirla y el Gobierno recela, pero se abre a ello.
¿Cumple los requisitos?
La Ley del Sistema Nacional de Protección Civil , desde luego, sí da pie a su declaración. En su artículo 2, define «catástrofe» como «una situación o acontecimiento que altera o interrumpe sustancialmente el funcionamiento de una comunidad o sociedad por ocasionar una gran cantidad de víctimas, daños e impactos materiales, cuya atención supera los medios disponibles de la propia comunidad».
Un peldaño por debajo de la catástrofe se sitúa la emergencia de protección civil, «situación de riesgo colectivo sobrevenida por un evento que pone en peligro inminente a personas o bienes y exige una gestión rápida por parte de los poderes públicos para atenderlas y mitigar los daños y tratar de evitar que se convierta en una catástrofe. Se corresponde con otras denominaciones como emergencia extraordinaria, por contraposición a emergencia ordinaria que no tiene afectación colectiva».
La movilización de la Unidad Militar de Emergencias , el hecho de que aún queden grandes cantidades de nieve congelada en el suelo y en los tejados, que muchos comercios permanezcan cerrados, los destrozos causados por la caída de árboles... son argumentos a favor de declarar Madrid zona catastrófica. Se calcula que la «normalidad» no regresará hasta el fin de semana.
¿Se ha declarado antes?
Sí, y no solo hay precedentes lejanos. El primer Gobierno de Pedro Sánchez ya declaró zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil. El primer ejemplo, en octubre del año 2018, se produjo por las inundaciones que azotaron el levante balear . El presidente del Gobierno anunció la declaración de zona catastrófica en su visita a Sant Llorenç, uno de los municipios más castigados. Recibieron igual trato Artà, Capdepera y Son Servera.
La declaración de zona catastrófica más reciente, múltiple, y todavía con Podemos fuera del Ejecutivo, se efectuó el 20 de septiembre de 2019 por los siniestros acumulados desde abril de ese año. Se beneficiaron de este estatus los incendios de junio en sierras de Madrid, Tarragona y Toledo; las inundaciones de Orense y Navarra en julio; los fuegos en Gran Canaria en agosto; y las zonas más afectadas por la DANA , entre agosto y septiembre del año 2019.
¿Quién lo pide?
La declaración de zona catastrófica la solicita el ayuntamiento o la comunidad autónoma afectados en un plazo de quince días desde el inicio del siniestro. Martínez-Almeida estudia pedirlo y, aunque el Gobierno abre la puerta a concederlo, de momento contemporiza a la espera de conocer los daños. Después, los ministros de Hacienda, Interior y demás ramos implicados deberían elevar la propuesta al Consejo de Ministros para su declaración.
¿Qué ayudas contempla?
La declaración de zona catastrófica prevé ayudas a distinto nivel, desde personales por daños en viviendas, hasta medidas laborales como extinciones o suspensiones temporales de contratos por causas de fuerza mayor. Las empresas y los trabajadores por cuenta propia, previa justificación de los daños, podrán además solicitar una moratoria de un año en el pago de las cuotas a la Seguridad Social . También hay ayudas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, y exenciones de impuestos como el IBI o el IRPF, entre otros.
Las ayudas económicas las debe fijar el Consejo de Ministros, pero estas son las posibilidades previstas en la ley:
- Ayudas económicas a particulares por daños en vivienda habitual y enseres de primera necesidad.
- Compensación a corporaciones locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables.
- Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo la prestación personal o de bienes.
- Ayudas destinadas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios.
- Subvenciones por daños en infraestructuras municipales, red viaria provincial e insular.
- Ayudas por daños en producciones agrícolas, ganaderas, forestales y de acuicultura marina.
- Apertura de líneas de préstamo preferenciales subvencionadas por el Instituto de Crédito Oficial.
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