El TC avala su capacidad para multar a quienes le desobedezcan

Rechaza un recurso de la Generalitat contra la reforma que le permite suspender altos cargos

Un vicepresidente del Parlamento catalán, de C's, en el Tribunal Constitucional JOSÉ RAMÓN LADRA
Luis P. Arechederra

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El Tribunal Constitucional (TC) defiende sus capacidades. Ayer, volvió a avalar la reforma legal que le permite multar y suspender a aquellos cargos públicos que le desobedezcan, que fue promovida por el Gobierno del Partido Popular para otorgar más armas al TC para afrontar el desafío secesionistas planteado desde la Generalitat. El Gobierno regional de Cataluña fue precisamente quien presentó el recurso de inconstitucionalidad contra la reforma que ha sido desestimado ahora por el tribunal garante de la Constitución, quien ya rechazó un recurso similar del Gobierno del País Vasco.

El pleno del TC explica –en la sentencia que rechaza la pretensión de la Generalitat– que su capacidad para imponer multas a quienes desobedezcan sus resoluciones no tiene la finalidad de castigar, como alegó el Gobierno catalán, sino la de «garantizar la efectividad y el cumplimiento de las resoluciones del Tribunal Constitucional». El objetivo es modificar «el comportamiento de quien incumple» una resolución del tribunal, una conducta que han practicado diversos políticos catalanistas en los últimos años.

Disuadir el incumplimiento

Los magistrados insisten en que estas multas coercitivas no tienen carácter sancionador, «pues no se imponen con una finalidad represiva»; sino que se trata de un estímulo para favorecer que los altos cargos cumplan un deber jurídico (acatar una resolución del TC). O lo que es lo mismo, se pretende disuadir el incumplimiento.

Cuestionar la potestad para imponer multas –de tres mil a treinta mil euros– era la principal novedad del recurso de la Generalitat, que en lo demás presenta «palmarias similitudes» con el que planteó el Gobierno vasco, señala la sentencia del Constitucional.

El Pleno del TC , con mayoría y el voto discrepante de tres magistrados, se remite ante esas peticiones a su fallo del 3 de noviembre con el que respondió al Gobierno del País Vasco. En aquella sentencia, el tribunal –que desvinculó la reforma del desafío separatista y realizó un «juicio en abstracto– recordó que su misión es garantizar la supremacía de la Constitución. El TC aseguró que la viabilidad de las medidas y la constitucionalidad de su aplicación a un caso concreto deberán ser analizadas por el Tribunal caso a caso, cuando se planteen para velar por la ejecución de sus resolución, un supuesto que aún no se ha dado.

Los jueces también rebatieron al Gobierno Vasco –que alegó que la reforma desnaturalizaba el modelo diseñado por la Constitución y alteraba las funciones del TC– y argumentaron que el constituyente de 1978 no quiso un modelo de jurisdicción constitucional «cerrado, petrificado y congelado». Al revés: otorgó al legislador la capacidad para regular el funcionamiento del Tribunal Constitucional mediante la ley orgánica que ha sido objeto de la reforma cuestionada.

El Gobierno del PP impulsó este cambio al final de la primera legislatura de Mariano Rajoy como presidente, ante las sucesivas deslealtades de políticos catalanes. Hay varios ejemplos. El expresidente de la Generalitat Artur Mas y las exconsejeras Joana Ortega e Irene Rigau serán juzgados por desobedecer al TC e impulsar la consulta ilegal del 9 de noviembre de 2014, unos hechos por los que Francesc Homs ha sido procesado por el Supremo . El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña investiga además a Carme Forcadell, la presidente del Parlamento catalán , quien permitió el debate en la cámara regional sobre la declaración de ruptura, cuyo contenido era claramente inconstitucional. Contra ellos las medidas previstas en la reforma ya no serán así aplicables.

El abanico de armas que la reforma pone a disposición del TC va más allá de las multas y la suspensión a los altos cargos desobedientes. También tiene en su mano la posibilidad de remitir las actuaciones a la Fiscalía para que actúe y se exijan responsabilidad penales . Además, puede anular las resoluciones que contravengan las suyas, después de escuchar al Ministerio Fiscal y al órgano infractor; puede notificar personalmente sus resoluciones a cualquier autoridad o cargo público, como ha sucedido en el caso de Carme Forcadell ; y puede recabar el auxilio de jueces y tribunales o de cualquier administración, que deben atender con carácter urgente.

En la nueva legislatura, el PSOE, Podemos y las formaciones nacionalistas han aprobado una proposición de ley para derogar la reforma, con los votos en contra del PP y Ciudadanos.

El TC avala su capacidad para multar a quienes le desobedezcan

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