La Audiencia Nacional no es competente para investigar a pandilleros latinos por el crimen de Usera

El magistrado Santiago Pedraz rechaza asumir la causa contra miembros de los Dominican Don't Play (DDP) acusados de asesinar a un joven de 25 años en este barrio madrileño el mes pasado

Imagen de la detención el año pasado en Seseña de varios acusados del crimen de Usera GC

Jorge Navas

Esta funcionalidad es sólo para registrados

La Audiencia Nacional se declara no competente para investigar el crimen el pasado mes de febrero de Diego Fernández, el joven de 25 años y origen colombiano que fue asesinado presuntamente por miembros de la banda latina Dominican Don't Play (DDP) en el barrio madrileño de Usera.

Así lo ha decidido el magistrado del Juzgado Central de Instrucción Número 5, Santiago Pedraz, después de que un juzgado de Illescas (Toledo), intentara hace un mes inhibirse en favor de la Audiencia Nacional para que asumiera la investigación del crimen de Usera, por el que fueron detenidos seis pandilleros de esta banda latina y en el que también estarían implicados otros cinco que ya se encontraban en prisión provisional por otra agresión similar hace un año en la localidad toledana de Seseña.

Según la investigación, estos últimos seguían dando órdenes desde la cárcel para que sus compañeros cometieran esas agresiones y asesinatos. Por eso el juzgado illescano planteó la posibilidad de inhibirse en favor de la Audiencia Nacional. Pedraz se apoya en la doctrina del Tribunal Supremo para explicar en su auto, con fecha de ayer, que la Audiencia Nacional no puede asumir esta causa porque «no se dan los supuestos contemplados» en la ley, haciendo así suyo el criterio de la Fiscalía. Por ejemplo, entre los delitos que se imputan a los detenidos están los de tráficos de drogas y sustancias estupefacientes o falsificación de moneda.

El magistrado recuerda que, para que la Audiencia Nacional asuma esta investigación, es necesario que el tráfico de drogas afecte a varias provincias y que el de sustancias estupefacientes y falsificación de monedas se cometan en el marco de una organización criminal , «lo que no concurre en el presente procedimiento». Afirma que «no se ha acreditado» que los acusados actuaran como tal, aunque sí de forma jerarquizada, lo cual no es suficiente para imputarles la categoría de organización criminal.

De vuelta a Toledo

Así, Santiago Pedraz concluye que la competencia para investigar asuntos como éste es del juzgado de Instrucción del lugar donde se cometieron los hechos, no de la Audiencia Nacional, por lo que rechaza la inhibición planteada por el juzgado de Illescas y le devuelve el caso . Dicho juzgado toledano acusa a los cinco detenidos que mantiene en prisión preventiva de varios y graves delitos como homicidio, lesiones, robo con violencia e intimidación, falsificación y tráfico de moneda falsa, drogas y armas.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación