La Audiencia Nacional declara firme la sentencia que absolvió a los acompañantes de Puigdemont

Fiscalía no recurrió y vencido el plazo, el juez ha confirmado la resolución

El expresidente de la Generalitat huido de la justicia Carles Puigdemont EFE

Isabel Vega

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La sentencia que el pasado mes de julio absolvió de un delito de encubrimiento de la rebelión a los dos mossos que estando fuera de servicio acompañaban al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont cuando fue detenido en Alemania en 2018 ya es definitiva.

En un auto al que tuvo acceso ABC, el titular del Juzgado Central de lo Penal , José Manuel Fernández-Prieto, declara firme la sentencia porque ha transcurrido el plazo previsto por la ley sin que la Fiscalía ni parte alguna hayan presentado recurso alguno.

Se trata de Carlos De Pedro y Xavier Goicoechea, que fueron juzgados por un delito de encubrimiento de otro de rebelión en el que la Fiscalía entendía que habían incurrido cuando el 23 de marzo de 2018 «una persona no identificada» les pidió que fueran a recoger a Puigdemont a Estocolmo para llevarle de vuelta a Waterloo, en Bélgica, donde había fijado su residencia.

El instructor de la causa del procés en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, acababa de reactivar la orden de detención contra él y los mossos iban a recogerle para que, volviendo por carretera, pudiese eludir los controles de los aeropuertos.

Este extremo quedó claro en la sentencia, pues el juez concluyó que ambos eran «plenamente conscientes» de la situación y de que su conducta ayudaba a Puigdemont a seguir eludiendo la justicia española, si bien no apreció que la conducta de ambos fuese por ello delictiva ya que el encubrimiento lo es cuando tapa una serie de delitos entre los que está la rebelión. En el caso de Puigdemont, a la luz de la sentencia del Supremo sobre el procés, sería sedición, que no está en esa lista.

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