La Audiencia anula la condena al independentista Santiago Espot por la pitada al himno y al Rey
El presidente de Catalunya Acció, absuelto de la multa de 7.200 euros a la que fue condenado por dos delitos de injurias a la Corona y ultrajes a España
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto a Santiago Espot , presidente de la entidad independentista Catalunya Acció, de la multa de 7.200 euros a la que fue condenado por dos delitos de injurias a la Corona y ultrajes a España . Espot promovió la pitada al himno y a Don Felipe en la final de la Copa del Rey de 2015.
Los magistrados consideran que el manifiesto que el acusado publicó en la red social Facebook, -en el que proponía la pitada al himno de España y al Rey en el partido del F.C. Barcelona contra el Athletic Club de Bilbao-, no contenía «expresiones injuriosas ni calificativos insultantes respecto al Rey», sino que se trataba de «aprovechar un acto deportivo para reivindicar de forma incívica pretensiones independentistas».
El juez central de lo Penal, José María Vázquez Honrubia , había considerado que el manifiesto no está amparado por el derecho a la libertad de expresión, pensamiento ni ideas u opiniones.
A juicio de la Sala, la propuesta contenida en el manifiesto «tiene como ilusorio y confesado fin» conseguir la proclamación de un Estado catalán independiente mediante «la protesta colectiva cívica», pero «no aparece ningún epígrafe ofensivo, injusto u oprobioso que suponga o implique un menosprecio al Rey y a la Institución que encarna su persona».