La Audiencia abre juicio oral contra los tres islamistas procesados por los atentados en Cataluña en 2017

Rechaza ampliar su procesamiento a los muertos de Barcelona y Cambrils pero deja la puerta abierta a que las acusaciones les imputen tentativas de asesinato por la explosión de Alcanar que frustró un gran atentado

Imagen de las Ramblas tras el atropello de agosto de 2017

Esta funcionalidad es sólo para registrados

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado la apertura de juicio oral contra Mohamed Houli Chemal, Driss Oukabir y Said Ben Iazza, los tres presuntos miembros de la célula terrorista que cometió los atentados de Cataluña de 17 y 18 de agosto de 2017.

En el auto, los magistrados confirman la conclusión del sumario por los delitos que incluyó el juez instructor en su auto de procesamiento y que constituían integración en organización terrorista, fabricación, tenencia y depósito de explosivos y delito de estragos en grado de tentativa, sin perjuicio, indica el tribunal en su resolución, de su determinación en los escritos de conclusiones, de estragos terroristas consumados y asesinatos en tentativa o lesiones de carácter terrorista por los hechos de Alcanar.

Varias de las acusaciones particulares y las dos populares habían solicitado al tribunal que ordenase al juez instructor la ampliación de la imputación a los tres miembros de la célula por las víctimas de los atentados de Barcelona y de Cambrils, pero la Sala lo rechaza. Recuerda que en el auto de procesamiento el instructor excluyó expresamente la participación de los procesados en esos hechos y que si ahora ordenaran ampliar ese procesamiento estarían valorando los indicios racionales de criminalidad contra esas personas perdiendo así la necesaria imparcialidad.

No obstante, la Sala deja la puerta abierta a que las partes exijan responsabilidades penales sobre las consecuencias que por ejemplo supuso la explosión del material almacenado en la casa de Alcanar. Del mismo modo, en su escrito de conclusiones las acusaciones también podrían imputar a Said Ben Iazza por integración en organización terrorista.

El pasado 7 de enero el juez José Luis Calama dictó el auto de conclusión de esta causa procesando a Mohamed Houli Chemlal y Driss Oukabir por integración en organización terrorista , fabricación, tenencia y depósito de explosivos y estragos en grado de tentativa, y a Said Ben Iazza por colaboración. Los otros dos detenidos tras los atentados, Mohamed Aalla y Salh el Karib, no fueron finalmente procesados al no hallarse suficientes indicios contra ellos sobre su posible conocimiento de los planes terroristas.

En el auto de procesamiento se explicaba que tanto en el caso de Aalla, con cuyo Audi se atentó en Cambrils, como el del propietario del locutorio de Ripoll, Said el Karib, no tienen más vinculación con la célula que el hecho de que el primero es hermano de dos de los terroristas y el segundo compró con su tarjeta un billete de avión a otro, como hacía con otros clientes que no tenían tarjeta.

El juez explicaba que la célula de Ripoll comenzó a ser adoctrinada por el imán Abdelbaki Es Satty, muerto en Alcanar y que seis días antes de los atentados del 17-A Youness Abouyaaqoub -autor del atropello de La Rambla, abatido en Subirats cuatro días después- y Omar Hichamy -muerto en Cambrils- compraron en París dos tarjetas de teléfono para usar a partir del día 15.

Según el auto, el grupo de jóvenes de Ripoll, bajo la dirección espiritual de Es Satty, «se conjuraron para realizar uno o varios atentados de grandes dimensiones mediante el uso de artefactos explosivos , a fin de coadyuvar a la estrategia terrorista« de la organización Estado Islámico. La explosión de Alcanar frustró el plan original y Abouyaaqoub, al enterarse en una gasolinera por Hichamy, se dirigió a Barcelona para cometer el atropello de La Rambla, en el que murieron 14 personas y 128 resultaron heridas. Los otros cinco terroristas compraron cuchillos y a la una de la madrugada del 18 atentaron en Cambrils, donde murió una mujer. Como todo apunta a que estos actos se improvisaron, el juez no procesa por ellos a Oukabir ni a Houli, circunstancia que contó con la oposición de las asociaciones de víctimas personadas como acusación.

En Alcanar almacenaban entre 200 y 500 kilos de explosivos, 19 artefactos improvisados tipo granada de mano y una faja bomba. Dice el juez que con las 104 bombonas encontradas los terroristas pretendían «amplificar el efecto del explosivo», creando «bolas de fuego». Según los peritos, «tal cantidad de material de tal potencia destructiva, de llegar a ser utilizado para atentar en lugares o monumentos con gran afluencia de público, hubiera provocado unos daños de enormes dimensiones».

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación