¿Por qué se anuló la doctrina Parot?

Estrasburgo aseguró en 2012 que la norma vulneraba dos artículos de la Convención Europea de Derechos Humanos

N.V. / ABC.ES

Pedro Luis Gallego, conocido como «El violador del ascensor» y detenido hoy en por agredir sexualmente a cuatro mujeres en Madrid , fue excarcelado en 2013 tras pasar 22 años en prisión. Logró su libertad gracias a la anulación de la doctrina Parot, que defendía que las redenciones de condena deberían aplicarse sobre el total de la pena impuesta (en ocasiones miles de años) y no sobre el límite máximo de cumplimiento, que en España eran 30 años (hasta 2003 que se aumentó a 40 años). El Tribunal Europeo de Derechos Humanos lo tumbó por el recurso presentado por la etarra Inés del Río y dejó en la calle a más de sesenta terroristas y delincuentes sexuales. Sin esa sentencia, Pedro Luis Gallego habría permanecido en prisión hasta 2022.

¿Por qué se aplicó la doctrina Parot?

La doctrina Parot intentó acabar con una situación injusta en el cómputo de los beneficios penitenciarios. Antes de la doctrina Parot las redenciones ordinarias y extraordinarias previstas en el Código Penal de 1973 se aplicaban sobre una única condena de 30 años de prisión, que era el máximo de cumplimiento efectivo previsto en aquella legislación . Esta situación motivaba que terroristas condenados a penas milenarias y con decenas de asesinatos a sus espaldas quedaran libres tras haber cumplido menos de 20 años de cárcel por hacer yoga, manualidades o estudiar en la cárcel.

¿En qué consistía esta interpretación?

La doctrina fue establecida por el Tribunal Supremo en 2006 y refrendada luego por el Tribunal Constitucional. Consiste en la aplicación de los beneficios penitenciarios sobre cada una de las condenas impuestas (y no sobre una sola de 30 años) empezando por la más grave, y así sucesivamente. De esta forma, se garantizaba que el etarra estaría en prisión esos 30 años. La filosofía de la doctrina es que no salga igual de rentable cometer un asesinato que veinte, que es lo que venía sucediendo hasta su implantación.

¿Por qué la tumbó Estrasburgo?

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos no se pronunció de forma explícita sobre la doctrina ni hizo crítica alguna a la política penitenciaria española, sino que se limitó a resolver el recurso presentado por Inés del Río. Resuelve, por tanto, únicamente su caso. Lo que sucede es que los argumentos que estableció Estrasburgo fueron extensibles a todos los presos que se encontraban en una situación similar a la de esta terrorista, es decir, a los que la doctrina se aplicó de forma retroactiva. El tribunal aseguró que España vulneró dos artículos de la Convención Europea de Derechos Humanos : el 5.1., que hace referencia a la libertad y seguridad; y el 7 (nadie podrá ser condenado por una acción o una omisión que, en el momento en que haya sido cometida, no constituya una infracción ni podrá ser impuesta una pena más grave que la aplicable en el momento en que la infracción haya sido cometida).

¿A cuántos presos afectó?

63 terroristas lograron salir de prisión gracias a la anulación de la «doctrina Parot» Junto a ellos abandonaron la cárcel una quincena de delincuentes comunes con más de dos condenas, entre quienes se encontraban los violadores del portal, del ascensor y del estilete, o el asesino de las niñas de Alcàsser, Miguel Ricart.

Reincidentes

Los peores vaticinios no han tenido que esperar mucho tiempo para verse cumplidos . Félix Vidal Anido , «el violador del estilete», volvió a prisión por intentar agredir a una mujer. Solo habían pasado cuatro meses de su excarcelación.

Pablo García Ribado , conocido como «el violador del portal», fue detenido también en Guadalajara por abusos sexuales. Había sido excarcelado también unos meses antes. Actualmente ofrecía sus servicios con una identidad falsa como fisioterapeuta a domicilio en las localidades guadalajareñas de Torija y Trijueque.

La tercera detención de un reincidente beneficiado fue la de Antonio García Carbonell, arrestado en Sabadell (Barcelona), en enero de 2015, por su presunta vinculación con el crimen de una mujer de 75 años en Cabanes (Girona) en febrero de 2014. Había cumplido 18 de los 270 años de cárcel que había acumulado por diferentes condenas, muchas de ellas por agresión sexual.

Hoy ha sido detenido «el violador del ascensor» , puesto en libertad en 2013, tras agredir a cuatro mujeres cerca del hospital La Paz de Madrid. Pedro Luis Gallego fue condenado a más de 273 años de prisión y sólo cumplió 22. Con la doctrina Parot, hubiera salido de prisión en 2022.

Hasta el propio ministro del Interior entonces Jorge Fernández Díaz llegó a admitir que no se podía garantizar "al cien por cien" que los violadores excarcelados no reincidieran y que legalmente no se podía aplicar la libertad vigilada a estos criminales, aunque dijo que las fuerzas de seguridad estarían "atentas".

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