El juez ultima la excarcelación de Villarejo

Tal y como adelantó ABC, la Fiscalía Anticorrupción solicitó la libertad una vez la Audiencia Nacional decidió juzgarle vencido el plazo de la prisión provisional

El comisario presenta un escrito pidiendo salir de prisión de forma inmediata

José Manuel Villarejo, en un juicio del que fue absuelto en Madrid ABC

Isabel Vega

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El comisario jubilado José Manuel Villarejo saldrá en las próximas horas de la prisión de Estremera donde se encuentra con carácter preventivo desde el 5 de noviembre de 2017, por auto del juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón, que atenderá la petición de la Fiscalía de acordar su excarcelación una vez se ha constatado que no se sentará en el banquillo antes de que se cumpla el plazo máximo de cuatro años que puede permanecer recluido sin condena.

De acuerdo a las fuentes jurídicas consultadas por este diario, ese auto decretando la puesta en libertad verá la luz de forma inminente y sin que medie trámite de informe de las partes, pues no es preceptivo a la hora de decretar una libertad como sí lo es cuando la decisión a adoptar es la de encarcelamiento.

Tal como avanzó ABC, la Fiscalía Anticorrupción presentó este miércoles un informe solicitando la libertad del comisario después de que la Audiencia Nacional rechazase su recurso de súplica. La Sección Cuarta, que es la que va a enjuiciar en una sola vista tres piezas separadas de la macrocausa, había acordado que para esos asuntos, el comisario se encontrase formalmente en libertad provisional. El abogado del comisario ha presentado este miércoles su propio escrito pidiendo que la excarcelación sea «inmediata».

La Fiscalía Anticorrupción ha solicitado formalmente al titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, que ponga en libertad al comisario jubilado y en prisión provisional José Manuel Villarejo, después de que la Sala de lo Penal fijase el primer juicio que afrontará para el 13 de diciembre , es decir, superado el máximo de cuatro años que puede permanecer en preventiva.

Anticorrupción se ha visto abocada a este movimiento, pues la Sección Cuarta, que es la que juzgará a Villarejo, decretó que quedaría en libertad provisional para las tres piezas por las que responderá en primer lugar. De este modo, perdió la prioridad a la hora de buscar fecha para la vista oral por no tratarse, sobre el papel, de una causa con preso.

En consecuencia, programó el juicio el 13 de diciembre y, aunque la Fiscalía Anticorrupción recurrió en súplica ese «arbitrario» impacto en el calendario, la alegación se ha rechazado. El comisario cumplirá cuatro años en preventiva en noviembre, el plazo máximo sin que medie sentencia, y llegará así por su propio pie a la vista oral.

En estas circunstancias, a la Fiscalía no le quedaba otra que pedir la libertad. La prisión preventiva es la medida cautelar más lesiva de los derechos fundamentales y se acuerda para garantizar que el acusado estará para responder ante la justicia. No cabe mantener esta situación cuando ya consta que habrá vencido el plazo máximo antes de que tenga que responder ante un tribunal y que así, en cualquier caso, estará libre.

Para la defensa de Villarejo, que ejerce el letrado Antonio José García Cabrera, con el juicio señalado en diciembre y habida cuenta de que el delito más grave por el que se sentará en esa ocasión en el banquillo es el de cohecho, debe prevalecer «el derecho a la libertad y a la presunción de inocencia». Se refiere a que la pena más alta que le puede caer por ese ilícito es de seis años y llevando desde 2017 en prisión provisional ya habría amortizado más de la mitad de la posible condena.

En el escrito, al que tuvo acceso ABC, recuerda que en esas tres piezas que serán objeto de enjuiciamiento no se analiza el delito de organización criminal que se le imputa en otras partes de la causa y por tanto, «no puede ser fundamento del mantenimiento de una medida que por la privación de derechos fundamentales es excepcional, finalística y limitada en el tiempo».

«No existen precedentes en ese Tribunal que en delitos de esa naturaleza se hayan adoptado periodos tan dilatados de privación cautelar de libertad», destaca el letrado, para recordar que, en todo caso, pese al tiempo transcurrido la acusación por organización criminal «no se ha formalizado».

Añade que «por mucho que se quiera apurar la argumentación, si la finalidad esencial de la prisión provisional es el aseguramiento de la presencia del investigado en el juicio, ya no es legalmente posible prolongar por más tiempo su privación cautelar de libertad» porque al fin y al cabo, la vista se va a celebrar vencido el plazo máximo que puede estar en preventiva.

Los plazos

La clave está en los plazos. El Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional ultimó tres piezas para juicio (Land, Iron y Pintor) en la primavera del año pasado y en noviembre se resolvieron los recursos de todos los acusados. Se confirmaba así que habría juicios, sólo faltaban las fechas.

En febrero, la Sección Cuarta, que es la que va a juzgar este asunto, aún no las había fijado . Dictó un auto acordando que las tres piezas separadas se verían en un sólo juicio, pero además decretó la libertad provisional de Villarejo en esos tres asuntos. La decisión no tenía consecuencia directa, porque el comisario está en preventiva por el resto de la causa y la Audiencia Nacional le ha denegado más de una docena de veces la libertad por riesgo de fuga , de reiteración delictiva y obstrucción a la Justicia.

No obstante, sí tenía impacto en el calendario. Para la Sala, el juicio de Villarejo ya no era el de una causa con preso y, por tanto, no tenía que darle prioridad a la hora de buscar hueco en la agenda para celebrarlo. A resultas, fijó el 13 de diciembre como inicio de la vista, es decir, más allá de esa barrera del mes de noviembre, cuando vence la prisión provisional, como adelantó este diario.

Para el abogado de Villarejo, no es posible mantener en la misma causa la libertad y la prisión incondicionales por una cuestión de incongruencia, «debiendo ante cualquier duda interpretativa optarse por la libertad condicional, que, por lo tanto, debe adoptarse de forma inmediata«.

Anticorrupción tenía otros planes y esperaba que el juicio, prioritario por estar Villarejo en preventiva, se celebrase mucho antes. De ese modo, cabía la posibilidad, aunque remota, de tener una sentencia condenatoria, incluso firme, antes de agotar el plazo.

Al margen de otros delitos

Sin embargo, la decisión de la Sala de lo Penal ha llevado a la Fiscalía a un callejón. La prisión preventiva es la medida cautelar más lesiva de derechos fundamentales y sirve para garantizar que el acusado responde ante la justicia , por lo que no cabe extenderla si ya consta que el plazo máximo habrá vencido antes del juicio.

En su recurso de súplica, los fiscales incidían en la necesidad de apreciar la causa Tándem y los delitos que investiga como un todo, apuntaban que no se había considerado el riesgo de fuga o de reiteración delictiva y que, en cualquier caso, se eludía «de modo arbitrario» su preferencia en el calendario por estar en prisión.

Pero el tribunal no lo ve así. Incide en que «los delitos más graves que son objeto de investigación» en otras piezas de la causa, como el blanqueo o la organización criminal, no se verán en este juicio donde el ilícito con mayor reproche es el cohecho. Villarejo ya habría amortizado en preventiva más de la mitad de la pena que le puede caer por ese delito, si bien las acusaciones piden condenas más altas por ser varios cohechos sucesivos o uno continuado, en función de cada caso.

Para la Sala, «no puede pretenderse bajo ningún concepto una proyección expansiva de la gravedad de las conductas que se persiguen en la pieza principal al resto de las piezas, y menos aún a efectos del mantenimiento de una situación de prisión provisional». Y han pasado más de tres años.

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