Anticorrupción descarta tráfico de influencias en la llamada de Medina al primo del alcalde de Madrid

Considera que la funcionaria fue la principal engañada por los comisionistas

Isabel Vega y Adriana Cabezas

La Fiscalía Anticorrupción se opone a que el juez del caso mascarillas cite como imputado a Carlos Martínez Almeida , primo del alcalde de Madrid, porque considera que «se limitó a facilitar los datos de contacto de la persona que gestionaba la compra de material sanitario», la funcionaria Elena Collado . «No existe ningún indicio de que su conducta pueda constituir un delito de tráfico de influencias», concluye en un escrito al que tuvo acceso ABC.

Acusaciones populares como la que ejerce Unidas Podemos habían pedido al juez Adolfo Carrerero que imputase al primo de Almeida porque fue la persona a la que recurrió el comisionista Luis Medina para que su socio, Alberto Luceño, pudiese vender material sanitario al Consistorio. Según declaró el propio alcalde a los medios, su pariente sólo proporcionó el mail de Collado, que estaba centralizando las compras.

La Fiscalía Anticorrupción coincide con esta versión y expone además que «no hay ningún indicio» de que la conducta de Carlos Martínez-Almeida « pueda haber constituido un delito de tráfico de influencias«. «Su declaración resulta irrelevante» dice el escrito.

Considera que imputarle «sería una pretensión totalmente infundada» y que, en todo caso, los delitos de estafa agravada, blanqueo y falsedad documental, se cometieron «con posterioridad a la intervención del señor Martínez Almeida».

Advierte, por último, que en caso de que se le imputase un delito de tráfico de influencias habría que incoar un procedimiento ante el tribunal del jurado.

Collado, la principal engañada

De igual modo, Anticorrupción se opone a la imputación de la propia Elena Collado, a la que en abril de 2021 tomó declaración como testigo. «Fue la persona principal y directamente engañada por los investigados por lo que resultaría contradictorio con sus propios actos y vaciaría de contenido la imputación del delito de estafa», dice el escrito.

Collado había sido citada como testigo el lunes 9 de mayo pero la comparecencia se pospuso cuando la acusación que ejerce el PSOE de Madrid solicitó en aras a las garantías del proceso, que compareciese como imputada. En su caso se trataría de un delito de malversación y/o de prevaricación. El juez pidió a las partes que se pronunciaran al respecto antes de decidir qué hacer.

En su informe, la Fiscalía explica que l a m alversación es un delito que requiere dolo, es decir, intencionalidad, y «no puede cometerse de manera imprudente». Por eso, entiende que los hechos «podrían revelar a lo sumo una actuación negligente de la Sra. Collado».

Pide informe del Tribunal de Cuentas

Considera que «cualquiera que analice objetivamente el material obrante en las diligencias y, en particular, los mensajes» que ella intercambió con Luceño, verá «evidente que Collado no tuvo en ningún momento intención de causar un quebranto al erario público». De hecho, el delito exige que «el autor tenga facultades para administrar los caudales públicos, condición que no posee» la funcionaria, «una simple consejera».

Mismo razonamiento sobre el ilícito de prevaricación. «Sin identificar una concreta resolución presuntamente arbitraria no es posible imputarle ningún delito de prevaricación «, concluye.

Otra cosa sería la imputación que también se hacía desde las acusaciones populares sobre un «modo presuntamente irregular e inadecuado» de la gestión de los fondos públicos. Anticorrupción considera que eso en todo caso, sería materia del Tribunal de Cuentas por una responsabilidad contable, que no penal.

En este sentido, otro escrito al que tuvo acceso ABC insta al juez a recabar del Tribunal de Cuentas su informe de fiscalización de contratos Covid de emergencia en el ejercicio 2020 para municipios de más de 300.000 habitantes, que ya está publicado.

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