La Abogacía no se opone a los indultos del procés y da por reparado el daño
Elude pronunciarse sobre la medida de gracia para no anticipar una decisión competencia del Gobierno
La Abogacía del Estado ha emitido un informe al expediente sobre los indultos de condenados en la causa del procés en tramitación en el Tribunal Supremo, en el que elude pronunciarse sobre la pertinencia de la medida de gracia pero avanza que, en todo caso, en lo que respecta a la malversación el daño está reparado.
El informe analiza exclusivamente lo relativo al delito de malversación de caudales públicos por el que fueron condenados Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa pues, conforme explican los servicios jurídicos del Estado es en ámbito y no en el del delito de malversación donde la Abogacía representa la «parte ofendida» por los condenados
Y con todo y con eso, elude expresar un posicionamiento claro sobre la medida de gracia, ya que entiende que «no corresponde a la Subsecretaría de Hacienda ni a esta Abogacía del Estado en su representación, en cuanto órganos de la propia Administración General del Estado, manifestarse» dado que podría «entenderse en el caso de hacerlo que con ello se estaría anticipando o determinando el sentido de una decisión que solo al Gobierno compete».
No obstante, deja ya por escrito que en el caso de estos cuatro condenados por sedición en concurso medial con malversación «consta garantizada la cantidad de 4.146.274,97 euros a que asciende el importe de la presunta responsabilidad contable» que cuantificó en un acta de liquidación provisional el Tribunal de Cuentas, de lo que hay «resolución justificativa».
«Habiéndose determinado provisionalmente el alcance y sus presuntos responsables y encontrándose garantizada ese cantidad a día de hoy, tal y como establecen la Providencia de 24 de febrero de 2020 del Tribunal de Cuentas y el informe de la Subsecretaria del Ministerio de Hacienda de 25 de marzo de 2021, ese afianzamiento constituye un elemento que repararía el perjuicio económico producido a la Hacienda Pública», expone el informe de la Abogacía.
Añade que, todo ello, « sin perjuicio del posterior desarrollo del proceso de reintegro por alcance que, con carácter jurisdiccional, vaya a celebrarse ante la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas».