Recursos de amparo
El TC, abocado a pronunciarse sobre la validez del voto delegado del fugado Comín
Ciudadanos y PP recurrieron el voto delegado del exconsejero y diputado catalán, reclamado por la justicia
El recurso de Ciudadanos y del PPC llegará al Tribunal Constitucional tres meses después del auto en el que los magistrados vetaron la investidura telemática de Carles Puigdemont . En esa misma resolución, el TC prohibía el voto delegado de «aquellos miembros de la Cámara sobre los que pese una orden judicial de busca y captura e ingreso en prisión». Y advertía, además, al presidente de la Cámara y a los miembros de la Mesa de su «deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir las medidas acordadas».
Es a este auto de 27 de enero al que aludirán Ciudadanos y PP para recurrir en amparo la decisión de la Mesa de admitir el voto delegado de Antonio Comín y de Puigdemont (el 3 de abril). En ambos casos, la Mesa, de mayoría nacionalista, ha rechazado la reconsideración solicitada por los grupos constitucionalistas.
El recorrido de estos recursos de amparo (se registrarán en el Tribunal por separado) es distinto al que seguiría una impugnación del Gobierno contra el acuerdo de la Mesa, pues en este segundo caso la mera invocación del artículo 161.2 de la Constitución habría suspendido el acuerdo impugnado de forma automática . Es decir, la delegación de voto de los huidos quedaría desactivada hasta que el tribunal entrara a debatir el fondo del asunto.
Sin embargo, con los recursos de amparo esa suspensión no solo no es automática, sino que queda supeditada a que los magistrados tengan que decidir primero sobre la admisión a trámite del recurso (sin entrar en el fondo) y luego sobre las medidas cautelares que con total seguridad solicitarán los grupos parlamentarios. Pedir al Constitucional que acuerde medidas cautelares es fundamental porque, si el TC decidiera sobre el contenido del recurso cuando la delegación del voto ya se hubiera materializado en una investidura concreta, el recurso habría quedado sin objeto.
Así pues, desde el momento en que los magistrados tendrán que rechazar o acordar las medidas cautelares, los recursos de PP y Cs obligarán a los magistrados a pronunciarse sobre la validez de estos votos delegados; aunque no entren hasta más adelante en si la decisión de la Mesa vulneró los derechos parlamentarios de los recurrentes.
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