Los 18 líderes del «procés» al banquillo: 9 acusados de rebelión
Mientras Pedro Sánchez cuestiona ahora la violencia del 1-O, el Supremo abre juicio contra los secesionistas por los delitos que vio el juez Llarena
Cuando está a punto de cumplirse un año desde que la Fiscalía General del Estado presentó la querella por rebelión contra los líderes del «procés», el Tribunal Supremo dio por finalizada ayer la instrucción de la causa investigada por el juez Pablo Llarena y abrió juicio oral contra 18 responsables del plan secesionista ilegal. Cuenta atrás para la hora de la verdad: la vista oral que resolverá qué sucedió en Cataluña.
Apenas unas horas antes, la vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, apuntaló la tesis que en los últimos días está extendiendo Moncloa sobre si el delito de rebelión se ajusta o no al comportamiento de los protagonistas del desafío secesionista, un guiño que, enmarcado en la posible contrapartida al apoyo independentista a los Presupuestos Generales, allana el camino para que la Abogacía del Estado no acuse por rebelión.
Las acusaciones ( Fiscalía, Abogacía del Estado y Vox ) tienen ahora cinco días para presentar sus respectivos escritos de calificación provisional, en los que individualizarán las penas solicitadas para cada uno de los procesados y sustentarán los hechos que motivan la acusación.
La Fiscalía prevé acusar por el delito de rebelión y otorgar un rol especial a Oriol Junqueras
Como adelantó ABC, la Fiscalía tiene previsto acusar por rebelión a nueve dirigentes independentistas, de los que seis (los exconsejeros autonómicos) se enfrentarán a una mayor pena al apreciar una rebelión agravada que absorbería el delito de malversación. El exvicepresidente Oriol Junqueras es quien se enfrentará a la mayor petición fiscal al considerarle líder de la revuelta secesionista.
Más allá del guiño político a los líderes independentistas, que la Abogacía del Estado acuse o no por rebelión a efectos jurídicos es irrelevante porque tanto la Fiscalía como Vox formularán sus escritos de acusación sobre la base de que lo que hubo en Cataluña fue la «crónica de una rebelión anunciada» , como sostuvo con contundencia uno de los cuatro fiscales en la vista por los recursos contra el auto de procesamiento.
En su resolución de ayer, el Alto Tribunal rechaza pronunciarse acerca de si concurren o no los elementos que definen el delito de rebelión, como habían pedido varios de las defensas. «Nuestra tarea se limita a un control negativo de la tipicidad. De ahí que el esfuerzo argumental de las partes para trasladar a esta Sala, por ejemplo, la necesidad de un pronunciamiento expreso acerca de la suficiencia o insuficiencia de la violencia ejercida para concluir la existencia de un delito de rebelión, es un empeño tan legítimo, en términos de defensa, como inasumible en el plano técnico», dicen.
Más de 300 diligencias
Los magistrados señalan que la apertura o cierre del juicio oral «no puede hacerse depender de que los elementos del tipo previsto en el artículo 472 (rebelión) se dibujen con mayor o menor nitidez. La apertura del juicio oral sólo descansa en la convicción de esta Sala de que los hechos descritos en el procesamiento son hechos típicos». Y esta decisión, continúan, «no requiere un análisis del peso de los indicios sobre los que se ha construido el auto de procesamiento».
El Supremo rechaza practicar nuevas pruebas, lo que dilataría sin razón la llegada del juicio
En definitiva, prosigue la Sala, «con la apertura del juicio no se prejuzga ni la calificación jurídica de los hechos procesales, ni la responsabilidad de los presuntos culpables de los mismos, sino la necesidad de esclarecerlos», dice el Supremo, que traslada ese debate al juicio oral.
Los jueces rechazan la batería de diligencias (más de 300) solicitadas por las partes, que en un aparente afán dilatorio consideran incompleta la investigación de Llarena. La fase intermedia del procedimiento -la fase que actúa de puente entre la investigación y el juicio- no puede ser concebida como «una segunda oportunidad» para reactivar la tarea del juez instructor, explica la Sala de lo Penal , la que se encargará del enjuiciamiento de los hechos, en el auto en el que confirma la conclusión del sumario. «La reapertura del sumario frustraría toda expectativa de enjuiciamiento en un plazo razonable. Y lo que es más importante, ese pernicioso efecto carecería de justificación», alegan los jueces.
La vista oral contra los responsables del plan secesionista ilegal se prevé para mediados del mes de enero y en él no estarán presentes los fugados Carles Puigdemont , Toni Comin , Lluis Puig , Clara Ponsati , Meritxell Serret , Marta Rovira y Anna Gabriel , declarados en rebeldía por la Justicia española tras su fuga a países europeos.
Nada más conocerse la apertura de la fase del juicio, el presidente de la Generalitat, Quim Torra, calificó de «infamia» la decisión del Tribunal Supremo. «Hoy no se abre un juicio oral contra políticos honorables y demócratas, sino que se abre un juicio oral contra más de 2,3 millones de catalanes que fueron a votar» el 1-O, aseguró en declaraciones a los medios desde el Parlament en las que no aceptódo preguntas. Torra mantuvo las espadas en alto, manifestó que la Generalitat esperaba el archivo de la causa porque considera que no hubo ningún delito, e insistió en la posición que el Govern ocupará ante una eventual sentencia condenatoria: «Nunca aceptaremos una sentencia que no sea la de la libre absolución».
El «president» también advirtió de que, si los líderes del «procés» son condenados, los secesionistas se enfrentarán a los fallos judiciales con «la fuerza y la determinación» que ya mostraron en el referéndum ilegal del 1 de octubre, cuando la Generalitat llamó a participar en una votación que la Policía tenía la obligación de impedir. También se refirió a la huelga que se convocó el 3 de octubre para protestar contra las cargas policiales.
Llarena, el juez que investigó el órdago contra el Estado de los antiguo dirigentes catalanes, aprecia sólidos indicios de que los procesados cometieron delitos de rebelión, desobediencia y malversación . El más grave, la rebelión, castiga a aquellos que declaran la independencia de una parte de España a través de un alzamiento violento. Esa cuestión –la existencia de violencia– será el debate central del juicio y condicionará la gravedad de las penas.
Al cerrar la causa, el instructor concluyó que los antiguos gobernantes catalanes, parlamentarios autonómicos y agitadores del «procés» en la calle alentaron una insurrección para empujar hacia la independencia por las vías ilegales , empujando a la sociedad catalana contra el Estado. Los encausados niegan los delitos y se escudan en un supuesto mandato de los catalanes. El tribunal que enjuciará los hechos estará formado por siete magistrados de la Sala de lo Penal, la cumbre del sistema judicial. Son Manuel Marchena , el presidente, Antonio del Moral, Luciano Varela, Andrés Martínez Arrieta, Juan Ramón Berdugo, Ana Ferrer, y Andrés Palomo.
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