comicios GENERALES
Cuenta atrás para la disolución de las Cortes
El Rey firmara el decreto de convocatoria de elecciones el 27 de octubre como muy tarde
Diputados y senadores ya pueden comenzar a hacer sus maletas. La Ley Electoral establece que deben transcurrir 54 días desde la convocatoria de los comicios hasta su celebración, de modo que si el Gobierno convoca Elecciones Generales para el próximo 20 de diciembre tal y como dio a entender ayer el presidente Mariano Rajoy en la Cadena Cope , el decreto de disolución de las Cortes y convocatoria de elecciones saldría de La Moncloa rumbo al Palacio Real a más tardar el martes 27 de octubre , para que el Rey Felipe VI lo firme y pueda entrar en vigor y ser publicado ese mismo día en el Boletín Oficial del Estado. La otra fecha de convocatoria que aún se maneja en La Moncloa, pero menos probable, es el 13 de diciembre y en este caso el decreto tendría que estar listo para entrar en vigor el 20 de octubre.
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Entre ambas fechas de llamada a las urnas, el jefe del Ejecutivo se decanta por el 20 de diciembre ya que le permite aprobar los Presupuestos Generales del Estado en el Congreso y el Senado con más holgura. No obstante, en contra de esta cita pesa en La Moncloa la cercanía de la Navidad y el miedo a la pérdida de votantes por los habituales desplazamientos de esas fechas y el poco hábito de los españoles al voto por correo. Sin embargo, Rajoy es más partidario de arriesgar unos cuantos votos a cambio de asegurarse la aprobación final de las Cuentas del Estado, y el 13 de diciembre supone apurar al máximo el calendario dado que, con toda seguridad, los Presupuestos sufrirán enmiendas en el Senado. La posibilidad de perder la mayoría absoluta y tener que buscar compañero de Gobierno para la próxima legislatura, le obligan a que las Cuentas del Estado no sean una asignatura pendiente para la próxima legislatura. Y es que como muy tarde, los Presupuestos Generales del Estado tendrían que aprobarse el lunes 19 de octubre para que las elecciones pudieran convocarse el día 13 de diciembre.
Un máximo de dos meses
El decreto de convocatoria disolverá ambas Cámaras y establecerá la duración oficial de la campaña electoral, quince días comenzando el 5 de diciembre, aunque en la práctica el pistoletazo de inicio de campaña vendrá dado por el propio decreto. En el último texto de convocatoria de elecciones, el anterior presidente, José Luis Rodríguez-Zapatero, también introdujo la fecha de constitución de las nuevas Cámaras, que suele fijarse por el presidente en funciones unos veinte días después de la celebración de las elecciones. Tras los comicios, el Rey llamará a consulta uno a uno a cada candidato, por orden de respaldo en las urnas, y propondrá un nuevo inquilino para La Moncloa . Después será el Congreso el que tendrá que respaldar al candidato por mayoría absoluta antes de que el monarca pueda designarle como nuevo jefe del Ejecutivo. De no alcanzar la mayoría absoluta, la votación se repetirá en 48 horas y ya solo será necesaria la mayoría simple para alzarse con la Presidencia del Gobierno. Si el candidato tampoco obtuviera la mayoría simple, la votación podrá repetirse sucesivamente durante un plazo máximo de dos meses. En ese momento, si el candidato no ha recibido el apoyo del Congreso, el Rey disolverá las Cámaras y convocará nuevas elecciones.