El Supremo rebaja la condena de cinco dirigentes batasunos por financiar a ETA a través de las «herrikos»
Les aplica el atenuante de dilaciones indebidas de la que sí se beneficiaron el resto de acusados y recuerda que, aunque aparentemente legítimas, hay organizaciones que «obedecen a las consignas de ETA»
El Tribunal Supremo ha rebajado de tres a un año de cárcel la condena de cinco dirigentes de Batasuna, entre ellos Rufino Etxeberria y Joseba Permach, por pertenencia a ETA en el caso de las herriko tabernas.
La Sala Segunda, que les aplica la atenuante de dilaciones como ya aplicó la Audiencia Nacional al resto de acusados, confirma en líneas generales los hechos probados y la calificación jurídica realizada en la sentencia de primera instancia por la Audiencia Nacional: las herriko tabernas financiaron a ETA a través de una infraestructura logística para las actividades de organizaciones satélites como KAS/EKIN, Jarrai/Haika, Herri Batasuna y Gestoras Pro Amnistía, controladas por el frente militar de la banda.
En la sentencia, de la que ha sido ponente Juan Ramón Berdugo, la Sala destaca que una organización terrorista, para la consecución de sus fines, no sólo utiliza la violencia encomendada a grupos concretos, sino también otros medios puestos en marcha a través de grupos, asociaciones o similares, que «aunque parezcan legítimas en su acción política, que en sí misma no es delictiva, sin embargo obedecen las consignas y funcionan bajo su dirección ». Los magistrados consideran probado que las herrikos eran propiedad de Herri Batasuna. Rechazan, además, que hayan sido vulnerados los derechos de libertad ideológica, libertad de expresión, reunión, asociación y de participar en asuntos públicos de los acusados, pues los partidos ilegalizados «eran fruto del designio de ETA».