El Poder Judicial niega a Castro acabar el caso Palma Arena como juez emérito
Se pronuncia en el mismo sentido que el Tribunal Superior de Justicia de Baleares, que consideró que «no se adecúa» a lo previsto por la Ley
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El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no considera procedente la solicitud planteada por el juez José Castro para que se le permitiera concluir la instrucción del caso Palma Arena en calidad de magistrado emérito tras su jubilación forzosa a los 70 años el próximo diciembre.
La comisión permanente del CGPJ ha rechazado esta tarde la petición formulada por el juez de instrucción 3 de Palma, después de que el pasado 18 de febrero la sala de gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) se pronunciara en el mismo sentido por unanimidad, según ha informado en un comunicado el órgano de gobierno de los jueces.
En su informe no vinculante, el alto tribunal autonómico explicó que la continuidad en la instrucción de un juez jubilado en calidad de magistrado emérito «no se adecúa» a lo previsto por la Ley Orgánica del Poder Judicial.
En concreto señaló que la petición de Castro «no se adecúa a lo previsto en los artículos 200 de la LOPJ y 258 del Reglamento de la Carrera Judicial, que contemplan la prolongación de funciones como magistrado emérito exclusivamente para formar sala como magistrado suplente en el Tribunal Supremo, los tribunales superiores de Justicia, la Audiencia Nacional y las audiencias provinciales».
La comisión permanente del CGPJ ha tomado este martes conocimiento del acuerdo del TSJIB y se ha mostrado de acuerdo con dicha conclusión. «La comisión permanente comparte ese criterio, por lo que no resulta procedente el nombramiento solicitado», ha informado el CGPJ en un comunicado. La decisión puede ser recurrida por el juez Castro ante la sala tercera del Tribunal Supremo.
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