El TC avala la Ley de Estabilidad Presupuestaria del Gobierno
En una sentencia que cuenta con cinco votos particulares niega que el Estado se haya extralimitado en sus competencias
El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad formulado por el Gobierno de Canarias contra varios preceptos de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEP). La sentencia, de la que ha sido ponente el Magistrado Juan José González Rivas, rechaza que se haya vulnerado la reserva de ley orgánica que la Constitución establece respecto de la materia regulada por la citada norma y también que el Estado se haya extralimitado en el ejercicio de sus competencias. Han formulado voto particular la Vicepresidenta, Adela Asua, y los Magistrados Luis Ignacio Ortega, Encarnación Roca, Fernando Valdés y Juan Antonio Xiol.
La ley objeto de recurso, explica la sentencia, «desarrolla y concreta la aplicación del mandato constitucional de estabilidad presupuestaria» contenido en el artículo 135 de la Constitución. Este precepto, dice, es fruto del Tratado por el que la mayoría de los Estados miembros de la Unión Europea (UE) se comprometieron a mantener sus administraciones en situación de «equilibrio o superávit» presupuestario y a incluir los límites de déficit en sus constituciones.
El Pleno aclara también que, como miembro de la UE, España tiene la obligación de cumplir las normas del Derecho de la Unión en virtud del «principio de cooperación leal entre la UE y los Estados miembros» y que la Constitución habilita al Estado a hacer cumplir los mandatos de la UE respecto a la reducción del déficit.