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El Supremo aclarará si la excarcelación del dirigente etarra Santi Potros fue un error
Convoca un Pleno ante las decisiones contradictorias en la Audiencia Nacional sobre la acumulación de penas a terroristas
![El Supremo aclarará si la excarcelación del dirigente etarra Santi Potros fue un error](https://s1.abcstatics.com/Media/201412/15/potros1--644x362.jpg)
La Sala Penal del Tribunal Supremo se reunirá mañana martes en Pleno para unificar criterios en relación con la acumulación de condenas de miembros de ETA que han cumplido parte de la pena en otros países de la Unión Europea.
El Pleno, de carácter jurisdiccional, analizará el caso concreto del miembro de ETA Kepa Picabea Ugalde, a quien la Audiencia Nacional rechazó acumular condenas al considerar que el asunto ya estaba resuelto y no se podía abordar de nuevo. Sin embargo, y pese a que los magistrados debatirán este asunto concreto, su decisión podría ya dar una respuesta a la polémicas excarcelaciones del dirigente etarra «Santi Potros», inductor del atentado de Hipercor, y de Alberto Plazaola.
La Sección Primera de la Audiencia Nacional acordó liberarlos hace unos días con el criterio opuesto al que sobre este asunto adoptaba la Sección Segunda de ese mismo tribunal. Así los magistrados de la Sección Primera entendieron que había que aplicar la decisión marco que el Consejo de Europa aprobó en 2008 para que se acumularan las condenas cumplidas en países de la Unión Europea. Y no tuvieron en cuenta la ley que entraba en vigor 24 horas después y que precisaba cómo y a qué condenas afectaba esa acumulación.
Para salvar las discrepancias entre las distintas secciones de la Audiencia, los 15 magistrados que integran la Sala Penal del Supremo unificarán «criterios que descarten las dudas interpretativas derivadas tras las recientes resoluciones sobre esta materia que han acordado distintas secciones de la sala de lo penal de la audiencia Nacional».
La Fiscalía, en contra
La Audiencia Nacional acordó las citadas excarcelaciones a pesar de que la Fiscalía ya había anunciado su intención de recurrir ante el Tribunal Supremo el nuevo cómputo de penas en cumplimiento la ley que traspone ese acuerdo marco. En una disposición adicional, la ley aprobada por el Congreso señala que «en ningún caso serán tenidas en cuenta» para su aplicación «las condenas dictadas por un tribunal de un Estado miembro de la Unión Europea con anterioridad al 15 de agosto de 2010», fecha en la que el Convenio Marco fue traspuesto.
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