El caso del pederasta reabre el debate sobre el cumplimiento íntegro de las penas

La Policía imputa cinco tipos de delitos al pederasta, pero la reforma no le afectaría

El caso del pederasta reabre el debate sobre el cumplimiento íntegro de las penas efe

CRUZ MORCILLO/pablo muñoz

Detención ilegal, tentativa de agresión sexual, agresión sexual, delito contra la salud pública e incluso tentativa de homicidio. Estos son los tipos delictivos que la Policía imputa a Antonio Ángel Ortiz, el pederasta de Ciudad Lineal, que consumó cinco de las agresiones sexuales tras raptar a las niñas y fracasó en otras tres tentativas. Es un agresor sexual en serie, un depredador pero ni el actual Código Penal ni la proyectada reforma (que sigue en fase de enmiendas en el Congreso de los Diputados al cabo de un año) servirían para que su horizonte penal se alargara.

Después del intenso debate social que suscitó la necesidad de una reforma tras crímenes como el de Marta del Castillo o el de la pequeña Mari Luz, asesinada por un pederasta, el caso de este depredador en serie no encaja en la prisión permanente revisable que quiere aprobar el Gobierno antes del fin de la legislatura. Esa medida penal está prevista en el proyecto de ley para asesinatos agravados: cuando la víctima tenga menos de 16 años, sea especialmente vulnerable ( caso de Sandra Palo , por ejemplo) o cuando el asesino haya violado antes a la víctima, entre otros casos.

Serio riesgo

La Policía imputa a Antonio Ortiz tentativa de homicidio porque puso en serio riesgo la vida de dos de las niñas agredidas (la española a la que atacó el 10 de abril y la china de la que abusó el 17 de junio que pasó semanas en la UCI) al suministrarles Orfidal. No ha asesinado. Por tanto, ni cadena perpetua (que no recoge el proyecto) ni prisión permanente revisable de duración indeterminada aunque el abanico oscila entre 25 y 35 años de condena para los casos más graves y, posteriormente, una revisión si el penado cumple algunos requisitos como que ya no suponga riesgo para la sociedad. No está pensada para casos de agresiones sexuales por muy repugnantes que sean como los cometidos por Ortiz.

Lo que sí podría afectar al pederasta, independientemente de los años a los que sea condenado, es la aplicación de una medida de seguridad en función de su peligrosidad. Es decir, una vez que quedara libre, un tribunal puede decidir que sea sometido a libertad vigilada para que no recaigan todos los costes de esa peligro sobre la sociedad. A una pena corta, el proyecto prevé que le pueda suceder un periodo de vigilancia largo. El caso de Ortiz es claro, puesto que ya había sido condenado a principios de la década a nueve años por otra agresión sexual a una niña. Cumplió solo siete por decisión de la Audiencia de Madrid, como informó ABC, y no consta que se le impusiera esa vigilancia posterior. En su caso además no solo ha reincidido en el delito sino que su historial recoge delitos de todo tipo.

El caso ha suscitado otro debate paralelo: el de la castración química», que consiste en el tratamiento del delincuente sexual mediante fármacos para reducir los niveles de testosterona en el hombre. Violadores consumados como Alejandro Martínez Singul, el «segundo violador del Eixample» pidió someterse a este tratamiento de forma voluntaria. Con el actual marco normativo no es posible aplicar esta medida de forma obligatoria a un preso. Cuenta además con la oposición de la mayoría de jueces y fiscales al considerar que vulnera derechos fundamentales y no es resocializadora.

El caso del pederasta reabre el debate sobre el cumplimiento íntegro de las penas

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