¿Qué se necesita para votar en las elecciones generales del 10-N?
Entre otros requisitos, es necesario ser mayor de edad (18 años) y estar inscrito en el Censo Electoral
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Los colegios electorales abrirán sus puertas el próximo 10 de noviembre para acoger las cuartas elecciones generales en cuatro años. Se podrá acudir a votar desde las 9 de la mañana hasta las 20 horas.
Para votar, el elector debe identificarse en la Mesa Electoral mediante el Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte o permiso de conducir en el que aparezca la fotografía .
Como informa la Junta Electoral Central, cada votante se acercará a la Mesa de uno en uno y manifestará su nombre y apellidos al Presidente . Los Vocales e interventores comprobarán en las listas del Censo electoral o en las certificaciones aportadas, el derecho a votar del elector, así como su identidad.
El votante entregará al Presidente el sobre o sobres de votación cerrados. A continuación, este dirá en voz alta el nombre del elector y, añadiendo «Vota», entregará el sobre o sobres al elector quien los depositará en la urna o urnas .
¿Puedo votar con el DNI caducado
En este caso, sí se puede votar con el DNI, pasaporte o permiso de conducir aunque estén caducados , ya que se utilizan únicamente para comprobar la identidad del votante. Lo que no se admite son las fotocopias , ya que deben presentarse documentos físicos originales.
Otros requisitos a tener en cuenta para votar es tener la mayoría de edad (18 años cumplidos el día de la votación); estar inscrito en el Censo Electoral ; ser español residente en España (CER) o españoles residentes-ausente que vive en el extranjero (CERA); no estar condenado por sentencia judicial en firme a pena principal o accesoria de privación del Derecho al sufragio y no haber sido declarado incapaz para el ejercicio del Derecho al sufragio mediante sentencia judicial en firme.
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