Así es el mecanismo constitucional para la investidura del presidente del Gobierno
El Rey empezará la ronda de consultas con los líderes políticos de forma inmediata para dotar de un Gobierno a la nación
Las Cortes
El 13 de enero deberán constituirse las Cortes con la jura o promesa de los diputados, se formará la Mesa y se elegirá al presidente del Congreso.
Artículo 99
El artículo 99 de la Constitución establece que «el Rey, previa consulta con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del presidente del Congreso, propondrá a un candidato a la Presidencia del Gobierno».
Lista de entrevistas
El nuevo presidente del Congreso facilitará a Don Felipe la lista con los nombres de los representantes de los grupos parlamentarios que participarán en la ronda de consultas. Esta lista suele ser pactada con todos los partidos políticos.
Ronda de consultas
Don Felipe no tiene un plazo establecido para empezar la ronda de consultas, pero lo hará de forma inmediata para dotar de un Gobierno a la nación.
Propuesta de candidato
Una vez oídos todos los grupos parlamentarios, el Rey trasladará al presidente del Congreso el nombre del candidato con más probabilidades de ser elegido.
Investidura
El candidato deberá recibir el apoyo por mayoría absoluta o, 48 horas después, por mayoría simple. Si no lo obtiene, el Rey realizará una segunda ronda y propondrá un nuevo candidato.
Nuevas elecciones
Si transcurridos dos meses desde la primera votación no hay presidente, el Rey disolverá las Cortes y convocará elecciones.
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