Economía
El TSJA condena a la Junta a repetir el concurso para adjudicar 98 licencias de Televisión Digital
Anula los contratos administrativos que la Administración autonómica firmó en 2019 con las empresas adjudicatarias
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA ) ha ordenado a la Junta de Andalucía que repita el concurso público de licencias para la prestación en Andalucía del servicio de comunicación audiovisual televisivo privado, de carácter comercial y ámbito local, la llamada Televisión Digital Terrestre (TDT) . Asimismo, el auto del TSJA conmina a la Consejería de Presidencia del Gobierno andaluz a anular los contratos administrativos formalizados en 2019 en base al concurso público fallado en 2018.
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La ejecución del auto de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia, al que ha tenido acceso ABC, abre la puerta a que las empresas perjudicadas puedan presentar demandas patrimoniales a la Junta de Andalucía, según fuentes consultadas por ABC. De hecho, los perjudicados ya anuncian reclamaciones millonarias por las inversiones hechas en personal, maquinaria, equipos y platós para emitir.
Siendo Manuel Jiménez Barrios consejero de Presidencia, el Gobierno de Susana Díaz adjudicó en junio de 2018 a 71 empresas un total de 98 concesiones privadas de TDT por un plazo de quince años. Entre los adjudicatarios estaban la Fundación Real Betis, Procono, Publicaciones del Sur, el Sevilla Fútbol Club o Visovisión.
La empresa Alternativa de Medios Audiovisuales, que no participó en el concurso por considerar ilegal el pliego de condiciones , presentó un recurso contencioso administrativo. En octubre de 2018 el TSJA le dio la razón en una sentencia que tumbaba la concesión de esas licencias por considerar que no se ajustaban a Derecho al dar más puntos a licitadores que tenían experiencia previa o contaban con platós en Andalucía, algo que -entendía el alto tribunal- vulneraba los principios de libre concurrencia y no discriminación.
A juicio del TSJA, si la Junta daba puntos por experiencia a los licitadores se «posibilitaría la perpetuación de las licenciatarias anteriores mediante el otorgamiento de una notable ventaja en la puntuación... en evidente detrimento de los intereses de otros potenciales licitadores».
La sentencia del TSJA fue recurrida ante el Supremo por empresas afectadas, entre ellas el Sevilla F. C. Sin embargo, el Gobierno de Juan Manuel Moreno Bonilla decidió no esperar a la respuesta a esos recursos y l a consejería de Presidencia, que lidera Elías Bendodo, retomó en enero 2019 el concurso al no haber una suspensión cautelar el mismo. La Junta envió los contratos a las 71 empresas para que firmaran las concesiones.
En julio de 2019, el Supremo confirmó la sentencia del TSJA y la Junta de Andalucía decidió rebaremar las ofertas presentadas eliminando los cuatro criterios del concurso que daban más puntos a las ofertas de empresas que tuvieran experiencia el sector, platós en Andalucía o colaboraciones con asociaciones locales, entre otras cosas. Sin embargo, la solución no gustó a Alternativa de Medios Audiovisuales, ya que seguía quedando fuera de un concurso al que no se presentó por entender que era ilegal, por lo que pidió la invalidez de todo el procedimiento con base a la sentencia de 2018 del TSJA. La Junta de Andalucía de Andalucía se opuso porque sólo se anularon algunas bases del concurso.
La rebaremación inicial dejaba fuera del concurso a nuevas personas y entidades : el Sevilla F. C. en Sevilla: Técnica Audiovisuales de Carmona, en Sevilla; Mezquita Comunicación Group, en Córdoba; Publicaciones del Sur, en Cádiz; Guillermo Ortiz Chaves, en Chiclana (Cádiz); Asociación de Servicios y Solidaridad Class Maná, en Huelva y Lepe; la UTE Campiña Digital y Multimedia Jiennense, en Jaén; Canal Baeza y la Loma, en Úbeda (Jaén). Sin embargo, la renuncia de dos adjudicatarios permitió, por ejemplo, al Sevilla Futbol Club mantener la concesión.
Finalmente, Alternativa de Medios pidió la ejecución de sentencia y la Junta la cumplió parcialmente. Alternativa de Medios consideró que no era suficiente la medida y pidió la nulidad total. El TSJA zanja el asunto diciendo que «la correcta ejecución de la sentencia, conforme a los principios que vertebran la contratación pública, únicamente puede realizarse mediante una nueva convocatoria de concurso público para la adjudicación, en régimen de concurrencia, de licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual televisivo de carácter comercial de ámbito local en Andalucía», lo que conlleva que «los contratos administrativos formalizados por la Junta de Andalucía con base en el anterior concurso público deben ser declarados nulos de pleno derecho». El 44% de las bases eran nulas, por lo el tribunal no consideró que hubiera libre concurrencia.
El auto del TSJA establece un plazo de cinco días pare interposición de recurso, aunque los los plazos están suspendidos por el estado de alarma y sólo comenzarán a computar cuando se levante esa medidas.