Seguridad Social

¿Cuándo se abona la paga extra de verano de los pensionistas?

El perfil de atención al ciudadano de la Seguridad Social responde a la duda de muchos pensionistas

Las ventajas para la jubilación que tienen los que hicieron la mili

¿Cuándo se cobran las pensiones en el mes de mayo?

J.M. Serrano

C.B.

Los pensionistas cuentan los días del calendario para que llegue la fecha en la que se cobra la paga extra que la Seguridad Social abona cuando llega el verano. Recordemos que son catorce las pagas que percibe este colectivo y que las dos extraordinarias se distribuyen antes de Navidad y cuando llega el verano.

Y para disipar las dudas, el perfil en twitter de atención a la ciudadanía del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha señalado cuando se producirá el pago de la extra. «Se abona con la nómina de junio, cuyo abono es el 1 de julio, anque el día exacto depende de la entidad bancaria», señalan.

De esta manera, se recuerda que en el reglamento del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) figura que los importes de los pagos mensuales se realizan a mes vencido y debe estar a disposición del beneficiario en la entidad financiera colaboradora el primer día hábil del mes en que se realiza el pago y, en todo caso, antes del cuarto día natural del mismo.

No obstante, la tendencia que siguen la mayoría de entidades bancarias es continuar adelantando el pago, como se ha venido produciendo durante toda la pandemia, de tal manera que algunos pensionistas pueden llegar a cobrarlas a partir del día 23 o 24 del mes anterior, en este caso sería a finales de junio.

Qué día se cobra la pensión, según qué entidad bancaria

J.M. Serrano

Los bancos, en colaboración con la Seguridad Social, continúan con el adelanto de las pensiones y cada uno tiene una fecha concreta para abonar la paga, que varía según cae el mes. En este caso podría ser entre los días 22, 23 o 24 de junio, que cae en viernes.

- Miércoles 22 de junio: Bankinter

— Jueves 23 de junio: Unicaja, Banco Santander, Caixabank

— Miércoles 25 de junio: Sabadell, Kutxabank, Ibercaja, BBVA, ING, Cajamar y Abanca.

Qué pensionistas no cobran la paga extra

No todos los pensionistas de la Seguridad Social cobrarán esta paga extra de julio, puesto que hay quién solo recibe las 12 pagas mensuales. Como veremos a continuación, esto no significa que cobren menos.

Es el caso de las pensiones derivadas de accidente de trabajo y enfermedad profesional, que se abonan en 12 mensualidades, ya que las pagas extraordinarias están prorrateadas dentro de las mensualidades ordinarias, al haber sido tenidas en cuenta para el cálculo de la base reguladora de la pensión.

Las pensiones máximas y mínimas para 2022

La pensión máxima se revalorizó hasta 38.852,48 euros al año, lo que se traduce en 2.775,17 euros mensuales.

Las pensiones mínimas:

Jubilación con 65 años o más:

- Cónyuge a cargo: 876,53 euros al mes.

- Sin cónyuge: 710,34 euros al mes.

- Con cónyuge no a cargo: 674,24 euros al mes.

Jubilación para menores de 65 años:

- Cónyuge a cargo: 821,84 euros al mes.

- Sin cargo: 628,2 euros al mes.

- Sin cónyuge: 664,66 euros al mes.

Pensiones de viudedad:

- Con cargas familiares: 821,84 euros al mes.

- Mayores de 65 años o con discapacidad superior al 65%: 710,39 euros al mes.

- Personas de entre 60 y 64 años: 673,93 euros al mes.

- Menores de 60 años sin cargas: 538,18 euros.

Pensión de orfandad:

- General: 217,12 euros al mes.

- Menores de 18 años con discapacidad igual o superior al 65%: 427,14 euros al mes.

- Para los casos de orfandad absoluta: 755,3 euros al mes.

Pensiones en favor de familiares:

- Por beneficiario: 217,12 euros al mes.

- Un solo beneficiario con 65 años: 524,68 euros al mes.

- Un solo beneficiario menor de 65 años: 594,50 euros.

Incapacidad permanente de gran validez:

- Cónyuge a cargo: 1.314,8 euros al mes.

- Sin cónyuge. 1.065,64 euros al mes.

- Con cónyuge no a cargo: 1.011,36 euros al mes.

Incapacidad absoluta o total de los titulares de más de 65 años o más:

- Cónyuge a cargo: 876,53 euros al mes.

- Sin cónyuge: 710,39 euros al mes.

- Con cónyuge no a cargo: 674,24 euros al mes.

Incapacidad total de los titulares entre 60 y 64 años:

- Cónyuge a cargo: 821,84 euros al mes.

- Sin cónyuge: 664,66 euros al mes.

- Con cónyuge no a cargo: 628,2 euros al mes.

Incapacidad por una enfermedad en menores de 60 años:

- Cónyuge a cargo: 523,76 euros al mes.

- Sin cónyuge: 519,12 euros al mes.

- Con cónyuge no a cargo: 523,76 euros.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación