La Seguridad Social avisa sobre el nuevo salario mínimo de los empleados del hogar

Ningún sueldo que perciba un trabajador podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

Los empleados del hogar cobrarán más este año Nacho García

P. T.

La subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) trae consigo un incremento parejo en el sueldo de los empleados del hogar , uno de los colectivos sobre los que tiene el foco la Seguridad Social en su intento de que todo vaya según la ley y se respeten los derechos de los trabajadores. Así lo ha recordado lel propio organismo, de tal forma que cada trabajador deberá percibir como mínimo 1125,83 euros al mes en doce pagas si su contrato es a jornada completa.

Los empleados que reciban catorce pagas, por su parte, deberán cobrar al menos 965 euros en cada una de ellas. En cualquier caso, este aumento surge del cálculo de la subida del SMI en 2021 (que entró en vigor el 1 de septiembre) incrementado con el prorrateo de las pagas extraordinarias. Por su parte, deberán declararse los abonos que se realicen de forma no monetaria , es decir, aspectos como el alojamiento o la manutención.

La campaña de inspección llevada a cabo por la Seguridad Social el pasado mes de marzo de 2021 para regularizar la situación de los empleados del hogar se tradujo en la afiliación de 30.000 nuevas personas. Esto supuso un aumento en la cotización con un impacto de unos 5,5 millones de euros más al mes. La inmensa mayoría de los nuevos afiliados vio, además, un crecimiento de su sueldo (un 97 % de los mismos).

El portal web de la Seguridad Social, Import@ss, dispone de una calculadora virtual para ayudar a conocer el salario que deben recibir en cada caso los empleados del hogar. Aquí se puede consultar además información sobre los trámites que hay que realizar, quién debe llevar a cabo el pago de las cuotas o el proceso para que este se haga efectivo.

El nuevo salario que reciba cada empleado del hogar se puede registrar en la plataforma de trámites online, cuyo apartado «Modificación de datos laborales en empleo de hogar» está destinado precisamente a esta labor. Para ello el empleador debe identificarse con su certificado digital, Cl@ve PIN o SMS si ya estaba registrado en al base de datos de la Seguridad Social.

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