Economía

Quita del 50% para los acreedores de la filial informática de Abengoa

Abierta la calificación del concurso necesario de Simosa IT, en el que un acreedor denunció la responsabilidad de los administradores de la multinacional

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Varias filiales de Abengoa están en concurso de acreedores y la matriz negocia ahora un crédito de 250 millones de euros. ABC
María Jesús Pereira

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Pedro Márquez, juez de lo Mercantil 2 de Sevilla, ha dado el visto bueno al convenio de acreedores de Simosa IT, filial de Abengoa encargada de la informática y telecomunicaciones del grupo. El convenio, que incluye una quita del 50% para los créditos ordinarios y un tiempo de espera de cinco años, fue aprobado por el 54% de los créditos ordinarios y había sido recurrido por varios acreedores.

Simosa IT acumula una deuda de 36,6 millones de euros, de la cual 28,9 millones son créditos ordinarios ; 3,2 millones tienen privilegio especial; 2,5 millones son créditos subordinados y 1,8 millones, contra la masa. Simosa pagará la mitad de la deuda ordinaria y subordinada en el plazo de cinco años, excluyendo los créditos intragrupo y subordinada, que tendrán una condonación del 99,9%. El plan de viabilidad y pagos de Simosa IT tiene dos pilares: la continuidad de la actividad para generar tesorería, así como el recobro de deudas . Actualmente, esa filial de Abengoa tiene firmados contratos de prestación de servicios con 61 empresas del grupo por un total anual de 12 millones de euros.

El convenio de acreedores de Simosa IT fue recurrido por varias empresas al entender que no debió contabilizarse un crédito ordinario de la empresa De Lage Landen International BV (DLL), por importe de 1,9 millones de euros, lo que representa el 6,69% de los créditos ordinarios. Como el convenio debía aprobarse por más de la mitad de los créditos y que el texto recibió el apoyo del 54% de los créditos ordinarios, el crédito de De Lage Landen International resultó determinante y decisivo para que la propuesta fuera formalmente aceptada. Finalmente, el juez ha acordado aprobar el convenio con ese 54% de apoyos y al mismo tiempo abre la pieza da calificación de este concurso necesario, que fue instado por la empres a Sopra Ste ria España, firma defendida por el bufete Carles Cuesta.

¿Concurso fortuito o culpable?

Al no establecer el convenio una quita inferior al 33% de la deuda ni una espera de menos de tres años, la empresa no se libra de la fase de calificación. Ahora la administración concursal de Simosa IT -que ejerce Jesús Borjabad como letrado de la consultora y auditora EY- debe emitir un informe de calificación para determinar si la situación de insolvencia de la empresa fue fortuita o culpable. Además, el Ministerio Fiscal se pronunciará y será finalmente el juez quien determine si el concurso fue fortuito o si, por el contrario, los administradores agravaron con su comportamiento la insolvencia de la compañía Simosa IT.

En el escrito en el que Sopra Steria pidió la declaración de insolvencia de Simosa IT, ya adelantó que existían elementos para determinar que el concurso podía considerarse culpable y apuntaba a los consejeros de Abengoa -multinacional presidida por Gonzalo Urquijo- como las personas que marcaban «las directrices de la marcha de Simosa IT, del incumplimiento de sus mínimas obligaciones legales y quienes han podido conducirla de forma deliberada y consciente, a cometer eventuales delitos contra el patrimonio».

Gonzalo Urquijo, presidente de Abengoa ABC

Según Sopra Steria, a la que Simosa IT debe unos 900.000 euros por dos contratos de asistencia técnica electrónica, Abengoa agravó el estado de insolvencia de la concursada al incumplir el deber de solicitar el concurso , así como incurrir en presuntas conductas de ámbito de las insolvencias punibles. Cita en su escrito este acreedor que Simosa IT «impuso desde 2015 plazos ilegales de pago de 180 días (frontalmente contrarios al improrrogable plazo de 60 días que prevé con carácter imperativo la legislación antimorosidad con la finalidad de, justamente, evitar situaciones como la presente)» y lo hizo «básicamente para recibir servicios y dejarlos posteriormente impagados, a sabiendas de agravar la insolvencia de Simosa IT».

Además, el bufete de Carles Cuesta alegó que Simosa/Abengoa logró «engañar a sus acreedores para que firmaran aplazamientos durante tres años (de 2015 a 2018)» con el fin de dilatar, dificultar o impedir «la eficacia de un embargo o de un procedimiento ejecutivo o de apremio, judicial, extrajudicial o administrativo, iniciado o de previsible iniciación».

No depositó las cuentas

También denuncia Sopra Steria que Simosa IT no depositó las cuentas anuales de 2016, «ocultando la situación patrimonial de Simosa hasta que vencieran los acuerdos de aplazamiento el 29 de diciembre de 2017 (responsabilidad en sede concursal ex artículo 165.3o de la Ley Concursal y responsabilidad penal ex art. 259 y siguientes del Código Penal)». En otras palabras, «Simosa IT -dice- habría engañado a sus acreedores al suscribir aplazamientos en lo que era una “huida hacia delante” de libro».

Sopra Steria planteó en este caso el levantamiento del velo argumentando que Abengoa habría usado a Simosa IT «como una sociedad pantalla , con objeto de valerse de su diferente patrimonio y personalidad jurídica, cuando el control de Simosa, su gestión, y los intereses que esta última satisface, lo son en favor» de la matriz y del grupo.

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