Subsidios y prestaciones

Así es la prestación por desempleo de las empleadas del hogar: cuantías y requisitos

Este colectivo de trabajadores ya puede acogerse al paro al haberse ratificado en el Congreso el convenio 189 de la OIT

El aviso de la Seguridad Social a las familias numerosas con empleados del hogar

Las empleadas del hogar podrán acceder Nacho García

P. T.

Las empleadas del hogar por fin podrán cobrar el paro. Así lo ha permitido la ratificación en el Congreso de los Diputados del convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Este convenio garantiza las condiciones equitativas para este colectivo, unas condiciones no menos favorables que las del resto de trabajadores. Entre ellas se incluye el derecho a recibir la prestación por desempleo .

De esta manera, si las empleadas del hogar pierden su puesto de trabajo de forma temporal o definitiva o ven cómo su jornada laboral se reduce temporalmente entre un 10 % y un 70 %, podrán acogerse, como en la mayor parte de profesiones, al subsidio por desempleo.

Se contabilizan en torno a 400.000 personas que se dedican a este sector en nuestro país, las cuales podrán percibir esta prestación en breve. Tal y como se señala desde el Ministerio de Trabajo, la intención es que antes de que termine el año las empleadas del hogar puedan cobrar el paro.

Cuantía de la prestación

El importe de la prestación contributiva por desempleo depende de las bases de cotización a la Seguridad Social durante los últimos 180 días cotizados (sin tener en cuenta las horas extraordinarias).

— La cuantía diaria es del 70 % de la base reguladora durante los primeros 180 días de prestación y del 50 % desde entonces hasta el final de la misma.

— Dicha cuantía deberá encontrarse entre el tope mínimo y el máximo establecido, y variará en función de si se tienen o no hijos a cargo .

Requisitos para acceder al paro

Para poder ser beneficiario de la prestación por desempleo, las empledas del hogar deberán reunir las siguientes condiciones:

— Estar afiliado y dado de alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la situación de desempleo, así como haber cotizado al menos 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación de paro.

— Encontrarse en situación legal de desempleo , estar inscrito como demandante de empleo durante todo el período en que se perciba la prestación y estar disponible para buscar un puesto de trabajo de forma activa.

— No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación (siempre que se hayan cotizado 37 años y seis meses o más), no realizar una actividad por cuenta propia o ajena a tiempo completo (a menos que sea posible la compatibilidad) y no cobrar una pensión de la Seguridad Social que no sea compatible con el trabajo.

Este mismo año ha subido el salario mínimo de las empleadas del hogar, de forma que se coloca en los 1.166,55 euros mensuales . Del mismo modo, para cobrar de forma completa las pagas extras a las que también tiene derecho este colectivo, se exige un tiempo mínimo trabajado de seis meses. Si se pagan prorrateadamente la parte correspondiente irá creciendo de forma proporcional.

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