Mercado Laboral

La Junta de Andalucía ofrece a los ayuntamientos 90 millones de euros para formar a desempleados

El 5 de agosto se abrió el plazo para que los entes locales puedan pedir las subvenciones y en las próximas semanas se convocará las de Escuelas Taller y Talleres de Empleo

Consejera de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, Rocío Blanco ABC

S. E.

La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo ha anunciado la puesta a disposición de los ayuntamientos y entidades locales de un total de 90 millones de euros para desarrollar acciones formativas en los programas para cursos de formación destinados a trabajadores desempleados y dotado con 60 millones de euros -publicado en agosto- y para el nuevo programa de Empleo y Formación que sustituye a las Escuelas Taller y Talleres de Empleo, cuya convocatoria está prevista en las próximas semanas y contará con 30 millones de euros.

La consejera de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, Rocío Blanco , ha asegurado que el actual Gobierno se marcó desde el inicio de la legislatura «una hoja de ruta clara y firme respecto a la formación profesional para el empleo que consistía en dejar atrás una década de más que mala gestión y recuperar su condición de valioso recurso para la mejora de la cualificación de los trabajadores y de su empleabilidad», según ha explicado la Consejería en un comunicado. En la misma línea, Blanco ha destacado «la importancia» de desarrollar estas políticas en colaboración con las administraciones locales, de cara continuar «profundizando en la colaboración» con estas administraciones y «reforzar el papel de la formación como un recurso imprescindible y tan necesario en estos momentos».

El primero de los programas, centrado en facilitar subvenciones para que las entidades locales accedan a impartir acciones formativas, abrió el plazo de solicitud el pasado 5 de agosto, y tiene como principales colectivos destinatarios a personas en situación de desempleo. La convocatoria estableció las condiciones para acogerse a estas subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, y establece que pueden participar las entidades locales previstas en la Ley 5/2010, de 11 de junio, de autonomía local de Andalucía, acreditadas o inscritas en el Registro de Centros y Entidades colaboradoras de Formación Profesional para el Empleo de Andalucía o, en su caso, en el Registro Estatal de Entidades de Formación para las especialidades formativas solicitadas.

Asimismo, l a Administración ha señalado que las entidades locales cuentan con un catálogo abierto de especialidades formativas para presentar sus solicitudes, de cara a que puedan elegir aquellas que crean más oportunas y necesarias según las características propias de cada localidad. En todo caso, la convocatoria establece que deberán estar incluidas en el Fichero Andaluz de Especialidades Formativas.

Blanco ha destacado esta semana durante su intervención en Comisión que los centros de los entes locales que vayan a impartir estas acciones formativas «no tendrán necesariamente» que contar en esta convocatoria con el preceptivo certificado de gestión de calidad para impartir certificados de profesionalidad y otras acciones vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales , ya que la secretaría de Ordenación de la Formación de la Consejería de Empleo solicitó el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) la exención de esa obligatoriedad para poder acelerar al máximo la puesta en marcha de estas actuaciones. «Una solicitud que partió de Andalucía y que ha sido aprobada y va a beneficiar al resto de comunidades autónomas», ha señalado la consejera.

Otra de las ventajas de este programa es, según la Consejería, que se financiará hasta el 100% de la programación presentada por las entidades locales beneficiarias, con un único pago anticipado antes de iniciar las acciones formativas, lo que permitirá a los ayuntamientos, corporaciones y entes locales no tener que comprometer sus propios recursos ni tener que adelantar fondos propios.

La convocatoria establece que las acciones formativas aprobadas deberán ejecutarse en un plazo máximo de 12 meses desde la notificación de la resolución de concesión, y la primera de las acciones formativas tendrá que iniciarse en el plazo máximo de dos meses desde esa misma notificación.

Escuelas talles y talleres de empleo

La Consejería ha manifestado que, junto a este programa, el pasado 17 de septiembre se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) la Orden por la que se regulan las bases de la convocatoria del Programa Empleo y Formación y «en el que de nuevo jugarán un papel protagonista los entes locales».

Este programa, que sustituirá a las Escuelas Taller y Talleres de Empleo, y que se convocará en las próximas semanas con un presupuesto de 30 millones de euros, ha sido diseñado desde el Gobierno andaluz como alternativa «mientras se sigue esperando» a que el M inisterio de Trabajo y Economía Social publique la nueva normativa de programas comunes en la que se regulan los programas experienciales que alternan empleo y formación.

Entre las novedades incluidas en la nueva orden, se fija que este nuevo programa cuenta con una única fase de formación en alternancia con la práctica profesional con una duración de 12 meses, y que el alumnado será contratado desde el inicio de los proyectos, percibiendo el salario mínimo interprofesional desde el primer día. La Consejería ha señalado que, anteriormente, se establecían una fase de formación y otra distinta de práctica profesional en alternancia, momento en el que el alumnado era contratado.

La orden, que está publicada en el BOJA y disponible en 'https://juntadeandalucia.es/eboja/2021/180/BOJA21-180-00032-14611-01_00198383.pdf', regula que el nuevo programa de Empleo y Formación tiene como objeto la cualificación del alumnado, mediante iniciativas de empleo y formación que respondan a las necesidades del mercado, en ocupaciones de utilidad pública o de interés general y social, que permitan compatibilizar el aprendizaje formal y la práctica profesional en el puesto de trabajo.

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