Economía
El juez de lo Mercantil rechaza la suspensión cautelar del tercer rescate de Abengoa
Considera que no existe «inminencia de riesgo» para adoptar esa medida y subraya que los accionistas impugnaron un plan que nunca se aprobó a Consejo de Administración
![Gonzalo Urquijo, presidente de Abengoa y artífice del tercer plan de refinancición de la compañía](https://s3.abcstatics.com/media/economia/2020/09/29/s/gonzalo-urquijo-abengoa-kLsH--1248x698@abc.jpg)
El juez de lo Mercantil 1 de Sevilla Javier Carretero Espinosa de los Monteros ha dictado un auto rechazando la suspensión cautelar del tercer rescate financiero de Abengoa, plan que fue comunicado en agosto a la Comisión Nacional del Mercado de Valores. El juez considera que se ha impugnado un plan que nunca se aprobó en Consejo de Administración, al tiempo que dictamina que no existe «inminencia de riesgo» para decretar la suspensión cautelar del plan de refinanciación que pactó la dirección de la empresa con entidades financieras, fondos de inversión y acreedores. Los accionistas minoritarios que están pendientes ahora de la resolución de la demanda han anunciado que presentarán un recurso de apelación contra el auto que deniega la suspensión cautelar del tercer rescate financiero de Abengoa.
Un grupo de accionistas minoritarios de la matriz de la multinacional, Abengoa S.A., presentó una demanda contra el plan en el Juzgado Mercantil y pidió sus supensión cautelar al entender que de no hacerse supondría un daño irreparable. Abengoa exigió que si se aceptaba la petición de suspensión cautelar se impusiera una caución de 1.100 millones a los demandantes, para los que pidió también una multa por entender que su solicitud suponía un intensión de «extorsión» para bombardear el plan de refinanciación.
La pasada semana se celebró en ese juzgado la vista por la petición de suspensión cautelar del plan por parte de una veintena de accionistas minoritarios que forman parte de la plataforma Abengoashare. Este colectivo rechaza la propuesta contenida en el tercer rescate de dar a los accionistas de Abengoa S.A. el 2,7% de Abenewco1, a la que se han trasladado los activos y todo el negocio de la multinacional. Además, Abengoashare entiende que la liquidación de la matriz debió aprobarse en junta general de accionistas, algo que no se ha producido.
Por su parte, Abengoa pidió al juez que si aceptaba la petición de suspensión cautelar del plan exigiera a los demandantes una garantía (caución) de 1.100 millones de euros, cifra en la que cuantifican el daño que provocaría esa decisión. Para Abengoa, la petición de suspensión cautelar del plan sólo pretende «bombardear» la refinanciación de la compañía dentro y fuera de los juzgados. A juicio de la compañía, la intención de estos accionistas es «extorsionar» a Abengoa para lograr sus objetivos , por lo que incluso pide la imposición de una multa a los demandantes.
Argumentos
Abengoa alegó que los accionistas no estaban debidamente acreditados en el proceso judicial . El juez considera que sí estaba acreditada su legitimación porque se cumplía el artículo 495 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, que establece que para poder impugnar acuerdos sociales lo haga al menos el 1 por mil del capital social (35.865 euros), cuando realmente los accionistas minoritarios habían reunido 844.177 euros de capital. En cuanto a la denuncia de Abengoa de que los demandantes no representaban el 1% del capital social (358.658 euros) exigido para pedir medidas cautelares, el magistrado entiende que sí se ha cumplido ese requisito.
Por otra parte, el juez ha recordado en su auto que l os accionistas minoritarios impugnaron un acuerdo del Consejo de Administración de Abengoa del 6 de agosto de 2020, comunicado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), un acuerdo que no pudieron aportar a la causa. Abengoa aportó como prueba documental que el 6 de agosto el Consejo de Administración no aprobó el plan de refinanciación, sino las cuentas del primer trimestre de 2020. En base a ello, el juez Javier Carretero considera que los accionistas pudieron haber pedido una certificación de los acuerdos y de las actas del consejo de Administración antes de pedir la impugnación.
En cuanto a la necesidad de adoptar esa medida cautelar ante un riesgo previsible y objetivo, el juez de lo Mercantil 1 considera que «la inminencia del riesgo no existe pues nada se ha probado al respecto, a tal efecto se alega simplemente un temor abstracto sin dato o indicio alguno de una posible ineficacia de la sentencia que se dictara». El auto abunda más sobre ello al decir que los accionistas «expresan un temor en términos subjetivistas de creencia sin aportar datos de una probabilidad concreta de peligro para la efectividad de la resolución que se dicte, es decir, ningún temor de carácter objetivo».
Plan de refinanciación
Este es su tercer rescate, ya que el primero se firmó en 2017, tras presentar un preconcurso en 2015, y el segundo acabó con la reestructuración de su deuda en el verano de 2019. En esta ocasión, el grupo presidido por Gonzalo Urquijo ha acordado un plan con entidades financieras y grupos de inversión, así como acreedores, que contempla firmar con Abenewco1 -filial de Abengoa- una nueva liquidez a través de un contrato de financiación de hasta 203 millones de euros con garantía del 70% del ICO, que también aporta 50 millones de euros de ese créditos; así como líneas de avales por valor de 126,4 millones de euros, ampliables hasta 300 millones de euros con el aval de Cesce.
Asimismo, Abengoa ha llegado a un acuerdo para reestructurar su deuda con bancos (como el Santander) y fondos de inversión (como KKR), de forma que les ofrece una quita del 50% de la deuda o bien a partir del 3 de diciembre canjear parte de su deuda por acciones privilegiadas. Serán por tantos ese banco y el fondo los que tomarán previsiblemente el control de la empresa a final de año.
Presión a la Junta de Andalucía
Desde el primer momento, Abengoa asegura que negoció el aval del ICO -dependiente del Gobierno central - a esas operaciones condicionada a la participación de la Junta de Andalucía, con un crédito de 20 millones de euros. La multinacional reconoce que no existe ningún documento por escrito que comprometa a la Junta de andalucía, aunque representantes del Gobierno autonómico han estado presentes en todas las negociaciones para alcanzar el acuerdo de rescate.
L a empresa informó a la CNMV que ha obtenido todos los apoyos necesarios de bonistas, entidades financieras y fondos de inversión para llevar a cabo el plan, y que éste sólo estaba pendiente de una «condición precedente»: que la Junta aporte los 20 millones de euros, que serían usados para pagar a proveedores. Sin embargo, con los problemas legales habidos con otras ayudas dadas por gobiernos andaluces socialistas a empresas, el Ejecutivo autonómico que preside Juanma Moreno no ve factible conceder esa ayuda a Abengoa al no encontrar una fórmula legal para hacerlo.
Juan Bravo, consejero de Hacienda de la Junta , ha declarado este martes en Canal Sur Radio que por parte de la Administración andaluza «lo estamos instrumentando de la mejor manera posible», pero apostilló que «no tenemos un banco público, ni unos instrumentos administrativos». No obstante, el consejero ha matizado que «ahora mismo hay un proceso judicializado» de la mano de «los accionistas minoritarios» de Abengoa que han solicitado la suspensión de la situación de la reestructuración, por lo que cree que «mientras el juez no levante» esa «suspensión ni acuerde medidas sobre esas peticiones de los accionistas minoritarios, disponemos de algo más de margen» de tiempo, más allá de este 30 de septiembre.
En causa de disolución
Urquijo ha subrayado que ese plan no será suficiente para solventar la situación patrimonial de la matriz Abengoa S.A, que tiene desde el 31 de diciembre de 2019 un desfase patrimonial de 388 millones, por lo que se encuentra en causa de disolución, razón por la que dejó de cotizar en Bolsa el pasado 14 de julio y por la que ha pedido el preconcurso en el Juzgado Mercantil de Sevilla, ciudad donde está domiciliada la multinacional.
Para que la compañía no se liquide, el 96% de los proveedores a los que la matriz adeuda 153 millones de euros deben aceptar el canje de esa deuda por préstamos participativos. Esa deuda está vencida y en algunos casos ha llegado a los tribunales, lo que permite a sus titulares pedir la ejecución de activos esenciales para la compañía. La compañía no ha informado públicamente el porcentaje de adhesiones, aunque este miércoles, 30 de septiembre, debe informar a la CNMV de sus cuentas de 2019 y pagar las últimas nóminas, así como otras que no pudo afrontar por falta de liquidez. No obstante, como el preconcurso se presentó en agosto, Abengoa tiene hasta diciembre para recabar esos apoyos y evitar su liquidación.
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