Estos son los jubilados que cobran de media 2.437 euros al mes de pensión

Los extrabajadores del sector de la minería son los que perciben de media las prestación por jubilación más elevada

En la Minería del Carbón, la media de jubilación mensual se sitúa en 2.437,75 euros Adobe

C.B.

La Seguridad Social reconoce la rebaja en la edad de jubilación ordinaria a aquellos profesionales cuyos trabajos sean de «naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad».

Uno de los sectores considerados más peligrosos es el de la minería del carbón y le otorga además un régimen especial: les reconoce más pensión, así como el derecho a una jubilación anticipada diferente a la del Régimen General.

Los pensionistas que más cobran

Adobe

Según datos de la Seguridad Social, en abril de 2022 se han destinado 7.807,9 millones de euros para el abono de las pensiones de jubilación para algo más de seis millones dos cientas mil personas.

Los números señalan que la pensión media de jubilación del sistema, por su parte, se sitúa en 1.251,5 euros. Por regímenes, la pensión media de jubilación procedente del Régimen General es de 1.401,2 euros al mes, mientras que la más baja la registra el Régimen de Autónomos, de 833,3 euros/mes.

En la Minería del Carbón, la media de jubilación mensual se sitúa en 2.439,8 euros . Por sector, son las pensiones más elevadas del país.

En España hay un total de 35.574 personas jubiladas con el régimen del carbón, de las cuales dos tercios (+20.000) se encuentran en Asturias. 976 están localizadas en Andalucía, y 72 en la provincia de Sevilla.

Están incluidos en este régimen los trabajadores por cuenta ajena de empresas que realicen las siguientes actividades:

-Extracción en minas subterráneas de carbón

- Explotación a cielo abierto de carbón,

- Investigaciones y reconocimientos

- Aprovechamiento de carbones y aguas residuales con materias carbonosas.

- Escogido de carbón en escombreras

- Fabricación de aglomerados de carbón mineral

- Hornos de producción de Cok (con exclusión de los pertenecientes a la industria siderometalúrgica).

- Transportes fluviales de carbón.

- Actividades secundarias o complementarias de las anteriores.

Jubilación a partir de 52 años

Estos trabajadores pueden prejubilarse a partir de los 52 años con un coeficientes especiales de reducción que están determinados en el estatuto minero y van desde desde el 0,50 al 0,05, respecto a la edad ordinaria de jubilación.

Se aplica con el período de tiempo efectivamente trabajado en cada una de las categorías y especialidades profesionales de la Minería del Carbón, según el coeficiente que corresponda .

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación