Bancos

Estas son las nuevas obligaciones de los bancos en relación con los créditos revolving

Una nueva normativa del Banco de España establece obligaciones de información por parte de las entidades bancarias

El Banco de España avisa sobre las tarjetas revolving y el pago de sus cuotas

Las tarjetas re ABC

P. T.

Hace unos días hablábamos de las características de las tarjetas revolving y su pago aplazado y fraccionado en pequeñas cuotas mensuales. Ahora el Banco de España avisa de una nueva circular en la que se establecen nuevas obligaciones para las entidades bancarias respecto a estos productos de crédito revolving. Las modificaciones que se introducen se refieren a la información que se aporta a los clientes:

Antes de contratar un producto de crédito revolving, el banco tiene que proporcionar al usuario un ejemplo representativo del crédito que incluya información sobre el límite del crédito, el importe total adeudado, el tipo de interés aplicado y la TAE (que además del tipo tiene en cuenta los gastos y comisiones), el plazo de amortización y la cuota a pagar. Este ejemplo debe presentar al menos dos alternativas de financiación, teniendo en cuenta los siguientes criterios :

— Cuando el contrato de crédito incluya dos o más modalidades de pago aplazado con interés y al menos una de ellas sea la modalidad revolving, se incluirá un ejemplo de financiación para cada modalidad.

— En las fórmulas de pago aplazado mediante cuotas periódicas flexibles se indicará expresamente la palabra revolving.

— Los ejemplos de financiación se determinarán en función de la cuota mínima prevista en contrato.

— Para calcular el ejemplo, se utilizará un límite de crédito de 1.500 euros con carácter general, salvo que el cliente haya solicitado otro importe.

Por otra parte, la entidad deberá remitir también comunicaciones periódicas que incluyan ejemplos de escenarios de ahorro en caso de créditos revolving. Si la cuota de amortización es inferior al 25 % del límite del crédito, la entidad tiene que facilitar información sobre tres posibles escenarios de ahorro. En estos escenarios se introduce lo siguiente:

— Se simulará el importe de las cuotas que habría de abonarse si se incrementase la cuota de amortización en un 20 %, un 50 % y un 100 %.

— Se indicará la cuantía total que se acabaría pagando, desglosando principal e intereses.

— Se indicará la fecha en la que terminaría de abonarse el crédito en cada escenario.

Aún quedan unos meses para que entren en vigor estas nuevas obligaciones de información, ya que esto ocurrirá a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) , es decir, el 6 de octubre de 2022 .

¿Qué son las tarjetas revolving?

Las tarjetas revolving son un tipo de tarjetas de crédito en las que se dispone de un límite de crédito determinado que puede devolverse a plazos , a través de cuotas periódicas. Dichas cuotas pueden tratarse de un porcentaje de la deuda que haya o como una cuota fija a pagar en cada período. Además, se pueden cambiar dentro de unos mínimos establecidos por el banco en cuestión.

Lo más peculiar de estas tarjetas es que la deuda se renueva cada mes : disminuye con el pago de las cuotas, que genera así un nuevo disponible, pero aumenta conforme vamos usando la tarjeta (pagos, reintegros en cajero), y de igual modo ocurre con los intereses, las comisiones y otros gastos generados, que se financian de forma conjunta.

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