Call Center

Carrefour amplía el contrato con el call center de Sitel de Sevilla, que iba a dar de baja a 240 empleados

UGT había anunciado reclamaciones individuales y una demanda de despido colectivo porque los empleados no podíán cobrar el paro ni recibirán indemnizaciones

Manifestación de trabajadores de Sitel por despidos en 2013 Juan Flores
María Jesús Pereira

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En plena canícula, la empresa de 'call center' Sitel había anunciado a 240 trabajadores de Sevilla y a 130 en Madrid que les daría de baja en la Seguridad Social el 15 de agosto porque Carrefour no le había renovado una campaña para atender a clientes y debía ser la compañía Unísono quien debía subrogarse a esos empleados al haberse adjudicado el servicio, según fuentes sindicales de UGT. A última hora de este viernes, UGT ha anunciado que Carrefour ha firmado una prórroga del contrato con Sitel de dos meses, con lo que los empleados podrán estar en sus puestos de trabajo hasta el 15 de octubre.

Por su parte, fuentes de Unísono han declarado a ABC que es cierto que hubo una nueva adjudicación pero aclaran que aún no se ha formalizado el contrato con Carrefour, por lo que no prestarán aún el servicio. Según esta compañía, «es a Sitel a quien le corresponde hacer la liquidación a sus trabajadores».

UGT afirma que S itel tiene en Sevilla un 'contact center' y su plantilla alcanza en la ciudad los 2.000 trabajadores. «D esde hace tres años tenía un contrato con Carrefour para llevar a cabo una campaña de atención a clientes y servicios financieros, contrato que no ha sido renovado. La compañía Sitel había comunicado que daría de baja a 240 empleados que se ocupaban de esa campaña sin que Unísono los haya subrogado tras asumir el contrato», indica el sindicato.

En esta situación, «los 240 empleados iban a ir a la calle sin derecho a prestación por desempleo ni indemnización porque no han sido despedidos», denunció UGT, que anunció que presentaría una demanda colectiva por lo sucedido y además cada trabajador hará una reclamación individual.

Representantes sindicales afirman que Sitel se rige por el convenio estatal para 'contact center' , cuyo artículo 18 regula cómo se hace el cambio de compañía en estos casos, «lo que obliga a la nueva empresa a tener en cuenta en sus procesos de selección a esos trabajadores». Sin embargo, UGT dice que «Carrefour puso unas condiciones en el pliego de la subasta del servicio, que obligada expresamente a la nueva empresa a subrogarse el 50% de la plantilla», indica UGT, quien añade que «para evitar hacer un ERTE, Sitel había anunciado que darçía de baja a esos trabajadores en la Seguridad Social para que Unísono los subrogara como dice el contrato, pero la nueva empresa no lo ha hecho».

A juicio de los trabajadores, «la empresa Unísono debe subrogar a la plantilla de Sitel atendiendo a lo establecido en el artículo 18 del convenio de contact center y a los artículos 42, 43 y 44 del Estatuto de los Trabajadores», que recoge la sucesión de empresa» . Unísono ha declarado que la transferencia de personal se rige por el artículo 18 del convenio, por lo que no se trata de una sucesión de empresa y a lo único que estarían obligados es a tener en cuenta a esos trabajadores a la hora de seleccionar a los trabajadores y en la contratación en función de la dimensión del servicio.

Estatuto de los trabajadores y convenio del sector

Para Unísono, «en ningún caso existe una sucesión de empresa del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores ni tampoco es aplicable una subrogación total y/o parcial de los trabajadores del servicio actua,l ya que estamos ante una actividad materializada en la cual los medios técnicos y los recursos materiales y humanos son aportados por Unísono desde el inicio del ejercicio de la actividad. En este momento, la adjudicación no ha podido ser formalizada a través de la firma del contrato entre Unísono y Carrefour, al no recibir la información necesaria para aplicar el artículo 18 del convenio colectivo».

No es el primer conflicto laboral en Sitel en Sevilla, ya que en 2019 los trabajadores llevaron al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía el ERE aprobado por la empresa Sitel Ibérica por causas organizativas y productivas como consecuencia de la finalización de la campaña de provisión de Orange. La Audiencia Nacional condenó condenó a la empresa a readmitir a 303 empleados en Sevilla y Barcelona.

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