CORONAVIRUS ANDALUCIA
El confinamiento de la población frena en seco el mercado inmobiliario en Andalucía
Los agentes de la propiedad inmobiliaria denuncian que ni se alquila ni se venden viviendas, locales comerciales u oficinas
Los agentes de la propiedad inmobiliaria (API) están viviendo también su calvario con la crisis del coronavirus, ya que la compraventa y alquiler de viviendas, oficinas o locales comerciales se ha frenado en seco. Manuel Bermudo, presidente de los API de Sevilla, explica que el confinanmiento ha paralizado todas las operaciones de alquiler y venta.
Los API están recibiendo muchas solicitudes de información por parte de propietarios de inmuebles, que no saben si pueden exigir a sus inquilinos el pago de las rentas cuando se ha declarado el estado de alarma, obligando la Administración al cierre de bares, comercios y restaurantes. De igual forma, los empresarios con locales en alquiler, así como los particulares con viviendas arrendadas, se preguntan si tienen la obligación de pagar las rentas si les han obligado a cerrar el negocio o si han perdido sus puestos de trabajo en un ERTE, respectivamente.
Fuentes jurídicas señalan que en situaciones excepcionales, en las que ni previéndose se puedan evitar, como un terremoto o una pandemia, propietario e inquilino pueden pactar reducciones de la renta o aplazamiento, pero en caso de que no exista acuerdo, sólo un juez debe determinar finalmente si el arrendatario está obligado a pagar.
Por otra parte, existe un a cláusula o principio jurídico, rebus sic stantibus, que permite la modificación o resolución judicial de un contrato si se produce un cambio de las circunstancias en las que se produjo, siempre que esas circunstancias sean imprevisibles y hayan supuesto una ruptura del equilibrio entre las partes contratantes que haga muy gravosa la prestación para una de las partes.
Notarios
En cuanto a los notarios, las notarías están abiertas pero a puerta cerrada y con horario reducido, sólo para asuntos urgentes que tiene que alegar el cliente. Ls instrucciones insisten en que las urgencias deben interpretarse de forma restrictiva. El Consejo General de Notariado ha comunicado que tras la publicación del real decreto que declara el estado de alarma por la crisis del coronavirus, solicitan a los ciudadanos que no acudan a las notarías sin cita previa y que solo las pidan para cuestiones de grave urgencia. Además pone a disposición de los usuarios un localizador de notarios en la web www.notariado.org. También insta a los que tengan una cita concertada se pongan en contacto con las notarías para valorar, en función de su urgencia, su mantenimiento o aplazamiento.
El Consejo General del Notariado remitió una circular a todos los notarios en la que establecía una serie de medidas en las que recomendaba a los notarios dosificar la autorización y firma de documentos notariales y valorar la conveniencia de establecer turnos laborales o de teletrabajo de sus empleados.
Además, les aconsejaba reducir al mínimo la autorización de documentos notariales fuera de las notarías y no hacerlo si no es por causas graves o inaplazables. En caso de ser requeridos por personas enfermas, deberán contar con las mismas medidas de seguridad que el personal sanitario.