Bancos

El Banco de España lanza un nuevo aviso sobre las cuentas inactivas

Han de pasar 20 años sin ningún movimiento para que la entidad bancaria pueda considerar que la cuenta está abandonada

El Banco de España alerta sobre las cuentas bancarias que no usamos

Las cuentas inactivas no desaparecen por arte de magia ABC

P. T.

Las cuentas bancarias que no utilizamos siguen estando ahí y puede generar diversos costes. Por ello, el Banco de España ha vuelto a avisar sobre las consecuencias de no cancelar las cuentas que hemos dejado de utilizar.

El organismo recuerda que la entidad en la que tengamos abierta la cuenta puede seguir cobrándonos comisiones de mantenimiento según lo establecido en el contrato. Y si se produjera un descubierto, nos podría cobrar intereses y comisiones por este hecho, salvo que el descubierto se diera por el cargo de las comisiones, en cuyo caso no puede hacerlo. De hecho, las entidades, generalmente, no suelen cargan comisiones en cuentas con saldo cero para evitar que se genere un descubierto.

El banco en cuestión tiene que seguir remitiendo los extractos y otros documentos informativos exigibles en la forma que está pactada y, en el caso de descubierto, reclamar periódicamente el saldo pendiente para evitar la sorpresa de cantidades pendientes desconocidas. No obstante, dicha entidad no está obligada a enviarnos el resumen mensual si no ha habido movimientos durante el período.

¿Cuándo cierra el banco la cuenta?

Han de pasar 20 años sin que el titular haya efectuado ningún movimiento para que el banco pueda considerar la cuenta «abandonada» y traspase el saldo que esta contenga al Estado.

El titular de una cuenta debería ser el primer interesado en llevar un correcto control de la misma. Quien desee cancelar su cuenta tiene que dirigirse a su entidad para completar los trámites. Por otra parte, si la intención es cambiar de banco, las entidades deben poner a disposición del usuario el servicio de traslado de cuenta para facilitar y agilizar las gestiones correspondientes.

Hacer una reclamación al banco

La relación de un cliente con su banco puede ser excelente, buena, normal o catastrófica. Los usuarios que estén descontentos por algún motivo (tenga que ver con las comisiones o no) deben saber que pueden presentar una reclamación ante la entidad correspondiente o llevarla al Banco de España en caso de que no sea atendida en el plazo de un mes. Es posible realizar este tipo de trámites tanto de forma telemática como presencialente en una sucursal del banco.

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