Bancos

El aviso de la OCU sobre cómo cerrar una cuenta corriente en pocos pasos

Para evitar problemas y posibles gastos, lo mejor es cancelar las cuentas bancarias que no utilicemos

El Banco de España avisa sobre cómo darse de baja como cotitular de una cuenta conjunta

El proceso de cancelación de una cuenta no es muy tedioso ABC

P. T.

Es posible que tengamos abierta una cuenta bancaria que, sin embargo, no utilizamos. Puede que la abriésemos en su momento por un fin concreto que hoy día ya no necesitamos o que al cambiar de banco olvidásemos cerrarla. Sea como fuere, en estos casos lo más conveniente es no mantenerla abierta , ya que se nos pueden cobrar comisiones inesperadas entre otros inconvenientes.

Por ello, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recomienda cerrar las cuentas bancarias inactivas o que no necesitemos realmente. Se puede cancelar una cuenta sin previo aviso, de tal forma que la entidad financiera procederá a su cierre normalmente en las siguientes 24 horas a nuestra solicitud.

Este procedimiento, por su parte, no tiene coste alguno , salvo que el contrato haya estado en vigor durante menos de seis meses. Además, si a la hora de abrir la cuenta nos beneficiamos de alguna clase de promoción (como algún regalo) es habitual que se nos exija un período mínimo de permanencia . Es posible en estos casos que se nos obligue a devolver parte de la cuantía del regalo si cerramos la cuenta antes de cumplir el plazo estipulado.

Por el lado contrario, si en su día pagamos comisiones por anticipado (anuales o de mantenimiento, por ejemplo), la entidad debe devolvernos la parte proporcional que nos corresponda.

Aunque no se especifica en ninguna parte dónde hay que solicitar la cancelación de una cuenta, en ocasiones desde el banco mandan a los clientes a la sucursal concreta en la que la abrieron para que soliciten allí el cierre de la misma. Asimismo, tal y como indica el Banco de España, se tiene que permitir la cancelación a distancia de la cuenta , sin necesidad de desplazarse a ninguna oficina física, a menos que en el contrato se refleje la exigencia de acudir presencialmente para el cierre.

Documentación necesaria

Para cerrar una cuenta lo único que hay que entregar al banco son todos los instrumentos de pago asociados a la cuenta , normalmente las tarjetas y, en caso de que lo haya, el talonario de cheques. La OCU señala que lo mejor es presentar una solicitud por escrito, para la cual podemos usar el modelo de cancelación de cuenta corriente .

Esto se puede hacer por lo general de forma online, por medio de nuestra área personal en el banco. No obstante, si hacemos la solicitud de forma presencial, se recomienda presentar el escrito por duplicado en la sucursal en la que vayamos a hacer el trámite y solicitar que nos devuelvan una copia sellada para guardarla a modo de justificante.

Cerrar la cuenta teniendo un préstamo

De acuerdo a la normativa, algunas entidades no permiten a sus clientes cancelar una cuenta corriente mientras tengan contratados otros productos como un depósito a plazo o un préstamo. Esto puede ocurrir siempre que antes del contrato se informara al cliente de la obligación de mantener una cuenta vinculada y que esa misma información se recoja de forma explícita en el contrato.

¿Qué ocurre con las cuentas conjuntas?

Para cerrar una cuenta bancaria de titularidad compartida, la solicitud de cancelación debe ir firmada por todos los titulares de la misma. En caso de que no sea posible, otra opción es darnos de baja nosotros mismos como cotitulares de esa cuenta.

El Banco de España ha facilitado una serie de consejos para todo aquel que se encuentre en esta situación y desee darse de baja como cotitular de una cuenta conjunta . Lo primero que debemos saber es que es posible darse de baja de forma unilateral sin necesidad de cancelar la cuenta ni el consentimiento del resto de cotitulares ni de la entidad bancaria (salvo causa justificada).

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