La Justicia avala reducir el plus de productividad a un funcionario que dejó de realizar sus tareas

Los jefes y compañeros del trabajador tuvieron que asumir sus trabajos y se rechaza también que hubiera acoso laboral

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Reducen el plus de productividad a un funcionario por dejar de hacer sus tareas pixabay

V.L

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha avalado reducir el plus de productividad de un funcionario que dejó de asumir sus tareas y que, para que salieran adelante, tuvieron que asumir sus jefes y compañeros.

El trabajador en cuestión también consideraba que esta situación suponía un caso de acoso laboral, algo que también ha quedado desestimado, como consta en la resolución 339-23 de la sección primera de lo Social del TSJM de 30 de marzo.

El demandante es un funcionario de carrera que aprobó la oposición en 2004 y que ingresó en 2005 en la función pública como jefe de área en el nivel 28 dentro del Cuerpo superior de Actuarios, Economistas y Estadísticos de la Administración de la Seguridad Social. Desde entonces, el trabajador ha ocupado diferentes puestos dentro de la Seguridad Social y la AEAT hasta la actualidad, donde presta sus servicios en la Agenda 2030.

El sueldo de este trabajador era de 80.620,49 euros en 2018 y además recibía un plus, un 'complemento por productividad por mejor desempeño' que ascendía a 854,61 euros invariablemente cada mes. No obstante, como consta en la sentencia, el superior del trabajador comenzó a percibir «una notable disminución de su rendimiento, no efectuando de forma correcta las tareas encargadas o dejando de hacerlas, debiendo encargarlas a otros funcionarios».

Así, el responsable de vigilar el trabajo del funcionario, subdirector general del área en la que desempeñaba sus funciones, habló con el director general sobre la posibilidad de reducir este complemento por productividad con el objetivo «de que se mejorara la calidad y eficiencia de los servicios prestados por el demandante».

Reducción progresiva del complemento de productividad

La sentencia subraya que «toda vez no mejoró dicho complemento fue reduciéndose gradualmente». En cifras, en junio del 2019, fecha en la que se decidió tomar esta medida, el complemento fue de 704,61 euros, en julio, de 654, 61 euros, en agosto de 604, 61 euros, en septiembre de 554, 61 euros, en octubre de 504, 61 euros y así sucesivamente.

Por otro lado, en concepto de 'At. Regularización productividad' en diciembre del 2018 recibió 3550 euros y nada en diciembre del 2019. El demandante asegura que esta reducción del complemento no se le notificó, aunque los magistrados recogen en su escrito que el jefe de este funcionario se lo trasmitió personalmente.

Además, otra trabajadora asumió personalmente tareas sin finalizar que eran «tediosas» y complejas. Por otro lado, a pesar de la restructuración del área en la que trabajaba este funcionario, este siguió manteniendo su despacho. Incluso, pidió el traslado a otro puesto y sus superiores consideraron su solicitud «para intentar solucionar el conflicto», aunque no se pudo llevar a cabo en ese momento finalmente.

Denuncia por acoso laboral

Fue en 2020 cuando el funcionario presenta una denuncia por acoso laboral que se desestimó y, unos meses después el funcionario estuvo en incapacidad temporal (baja) y volvió a presentar una denuncia por el mismo motivo. El demandante pedía que se valorase el reintegro «de las cantidades dejadas de percibir por importe de 8.791,85 € (más el 10 % de mora), así como 20.490 € por daños morales».

Con esta situación, el TSJM resuelve que el superior jerárquico «comunicó personalmente al demandante la decisión de disminuir su productividad», por «su inadecuado rendimiento y el incumplimiento de tareas asignadas». Por otro lado, no considera acoso laboral porque «en ningún momento se le dejaron de encargar tareas» y considera probado que los superiores trataron de «buscar otra salida profesional para el demandante», así como que la asignación de otro despacho no supuso «ningún castigo o represalia».

Con todos estos hechos, el TSJM considera legítimo reducir el plus de este funcionario por el mal ejercicio de sus funciones y no observa acoso laboral. En 2019, el Supremo ya abrió la puerta a reducir el salario de los funcionarios que no fuesen productivos con una sentencia en la que negaba abonar a una funcionaria el del Tribunal de Cuentas 214,35 euros más intereses de demora descontados de su complemento de productividad.

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